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Prueba teórica-práctica ahora es requisito para pedir licencia

Este recaudo es un examen teórico-práctico que deben realizar los aspirantes a la licencia de conducir en las escuelas de transporte autorizadas por el organismo o en las oficinas del INTT

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) anunció en su página web que para solicitar por primera vez la licencia de conducir de segundo a quinto grado se debe tramitar previamente el certificado de saberes.

Este recaudo es un examen teórico-práctico que deben realizar los aspirantes a la licencia de conducir en las escuelas de transporte autorizadas por el organismo o en las oficinas del INTT, precisó el organismo.

Los únicos recaudos exigidos para la tramitación son la cédula de identidad, suministrar un correo electrónico y tener conocimientos previos de acuerdo al transporte que se maneja, reseñó Últimas Noticias.

Paso a paso. La tramitación del certificado es muy sencilla y se puede hacer de dos formas: la primera de ellas es acudir a una escuela de transporte o mediante el sitio web intt.gob.ve ingresando a la opción de la planilla única de trámites.

Si es la primera vez que utiliza la gestión de trámites automatizados del INTT deberá crear un nuevo usuario, si ya posee un perfil ingrese con sus datos habituales y diríjase al panel de trámites y servicios.

Al desplegarse el listado haga click en la opción de servicios conexos / otros servicios, seleccione el botón de cursos y certificaciones. Seguidamente, seleccione la oficina de su preferencia y la opción certificado de saberes teórico – práctico en el grado a tramitar.

Posteriormente, ubique el cursor en el panel principal, consulte sus solicitudes activas y cancele el monto correspondiente a la gestión del servicio, finalmente el sistema le enviará un correo electrónico con su solicitud.

Después de la aprobación, los conductores podrán gestionar en la oficina de su preferencia la licencia del grado solicitado, presentando los recaudos correspondientes a ese trámite.

El INTT refiere en su sitio web que este requerimiento está establecido en los artículos 63,65,68 y 105 de la Ley de Transporte Terrestre y lo dispuesto en la Providencia Administrativa 013-221, publicada en gaceta oficial 42.077, donde se fija que todo ciudadano y ciudadana debe presentar la certificación para tramitar la licencia en sus diferentes grados.

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