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Conatel sanciona a El Nacional Web [+Comunicado]

La medida se aplica por violar presuntamente el artículo 27 de la Ley Resorteme

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) abrió un proceso sancionatorio contra El Nacional Web, por presuntamente violar el artículo 27 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Resorteme).

Según el comunicado, el medio difundió mensajes que promovían al odio y al desconocimiento de las instituciones legítimamente constituidas; ilícitos administrativos previstos en el artículo 27, numerales 1, 4 y 5 de dicha ley, y en el artículo 14 de la Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia.

En el mensaje se da a conocer que el organismo dio a El Nacional Web "diez días hábiles para exponer sus alegatos y defensas y cinco días hábiles para oponerse a la medida".

A continuación comunicado íntegro:

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) notificó este 22 de mayo de 2018 el inicio de un procedimiento administrativo sancionatorio al medio electrónico “El Nacional Web”, por el presunto incumplimiento del artículo 27 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Resorteme) al difundir mensajes que desconocen a las autoridades legítimamente constituidas y además incitando, y/o promoviendo el odio; ilícitos administrativos previstos en el artículo 27, numerales 1, 4 y 5 citados en la misma ley, así como en el artículo 14 de la Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia. Con base a ello, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 33 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, se acordó con carácter provisionalísimo, la aplicación de la medida cautelar nominada, dirigida a abstenerse de publicar noticias y mensajes que puedan atentar contra la tranquilidad de la ciudadanía, pudiendo generar alteraciones en la población, al ofrecer información errada o infundada que, en consecuencia, infrinja los supuestos establecidos en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, así como la Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia. Con el objeto de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso que ampara a todos los administrados, se les otorgó diez (10) días hábiles para exponer sus alegatos y defensas, y cinco (5) días hábiles para oponerse a la medida acordada, todo ello de conformidad con la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos. Finalmente, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones reitera una vez más su total apego a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia y a la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.

 

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