El diario plural del Zulia

Ratifican privativa de libertad contra oficiales de PNB por violación de joven

En la audiencia preliminar de más de seis horas de duración, el Tribunal 10° de Control mantuvo la medida contra ocho funcionarios

El miércoles 5 de diciembre, tras ser diferida siete veces en 2018, fue realizada la audiencia preliminar del caso en el que ocho funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) están acusados por el delito de violación y tratos crueles, inhumanos y degradantes contra un joven estudiante detenido el 20 de julio de 2017, durante una protesta en las adyacencias de la sede de la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec) del sector Amparo en Maracaibo.

En la audiencia preliminar de más de seis horas de duración, el Tribunal 10° de Control del Estado Zulia no se pronunció sobre algún acto conclusivo, dado que el Ministerio Público no realizó oportunamente las diligencias solicitadas por la defensa para la investigación. No obstante, decretó la nulidad de la acusación fiscal, mantuvo la medida privativa de libertad en contra de los ocho funcionarios, y decretó con lugar la solicitud de las copias certificadas del expediente realizada por el equipo de abogados de la Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia (Codhez) en representación de la víctima.

A la audiencia no asistió el Fiscal 45° con competencia en Protección de Derechos Fundamentales, Yortman Villasmil. En su lugar estuvo presente la Fiscal Auxiliar, a pesar de que la relevancia del caso ameritaba de la presencia de Villasmil, cuya actuación debió sentar precedente para el establecimiento de sanciones orientadas a la erradicación de la tortura en Venezuela.

Aunque los acusados son juzgados por los delitos de violación y tratos crueles, inhumanos y degradantes, existen elementos de convicción para un juzgamiento por el delito de tortura. Por tal motivo, se exhorta al Ministerio Público realizar una investigación transparente acorde con su deber constitucional de prevenir y sancionar las violaciones a los derechos humanos.

El equipo de abogados de Codhez, representante judicial de la víctima, había manifestado preocupación por la actuación del Tribunal 10° de Control del Estado Zulia. Este juzgado obstaculizó la defensa plena de la víctima al negar a la representación judicial la solicitud de copia certificada del expediente. Por tal motivo, Codhez interpuso un Amparo Constitucional en contra del referido tribunal, a cargo de la jueza María de los Ángeles Ruiz Rivero, que sumado a la presión ejercida por los medios de comunicación resultó decisivo para que la jueza decretara con lugar la petición de Codhez.

Además, el joven torturado sexualmente no fue notificado sino hasta la quinta audiencia y, a pesar de que las investigaciones han permitido determinar que en este caso existen más víctimas, el Ministerio Público no las ha notificado y por lo tanto les ha impedido ser parte del proceso. Esta serie de irregularidades lleva a Codhez a permanecer atento ante cualquier incidencia.

La determinación de la verdad en este caso no solo está destinada a la reparación de los derechos de la víctima y sus familiares, sino que adquiere una dimensión colectiva al tratarse de un hecho que involucra múltiples violaciones a los derechos humanos.

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