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TSJ ordena enjuiciar a Édgar Zambrano por "comisión flagrante de delitos"

Señala la decisión, que en el procedimiento no procede el antejuicio de mérito de Zambrano. Por tanto, su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal,

En virtud de la solicitud realizada por el Fiscal General de la República, Tarek William Saab, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió que los hechos objeto de la petición comprometen la responsabilidad de vicepresidente de la Asamblea Nacional (AN), Edgar Zambrano Ramírez, en la comisión flagrante de varios delitos.

Entre las infracciones resaltan traición a la Patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada, previstos en el Código Civil y en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo

Según una nota de prensa del Máximo Juzgado, la sentencia ordena remitir, en virtud del desacato de la Asamblea Nacional, copia certificada de las actuaciones al presidente de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Diosdado Cabello, para que determine lo conducente.

Señala la decisión, que en el presente procedimiento, por tratarse de la comisión flagrante de delitos comunes, no procede el antejuicio de mérito de Zambrano. Por tanto, su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal.

Igualmente, se ordena remitir copia certificada del fallo a William Saab para que continúe la tramitación de la causa penal correspondiente.

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