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TSJ declara constitucionalidad del Estado de Excepción y Emergencia Económica

El magistrado Juan José Mendoza Jover, declaró como nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional pretenda desaprobar el Decreto de Estado de Excepción

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.

Según lo establecido en el Decreto N° 4.090, de fecha 05 de enero de 2020, y publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.501 Extraordinario.

El decreto determinado por Nicolás Maduro hace cuatros años, establece este miércoles la sentencia N° 0002-2020 del alto juzgado, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, en la que también declaró como nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional pretenda desaprobar el Decreto de Estado de Excepción.

Mendoza Jover reiteró que resultan “manifiestamente inconstitucionales y  nulos o carentes de toda vigencia y eficacia jurídica”, los actos emanados del parlamento, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del Alto Juzgado de la República.

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