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Solicitan destitución del juez que condenó a David Natera

Por considerar que abusó de sus funciones al desconocer reiteradamente precedentes establecidos por el propio Tribunal Supremo de Justicia, el abogado Omar Estacio solicitó la destitución del juez Beltrán Lira Domínguez, titular 6° penal de Puerto Ordaz, quien condenó a cuatro años de prisión al editor del diario Correo del Caroní, David Natera Febres.

Al acudir este lunes ante el Tribunal Disciplinario Judicial, en Caracas, el integrante de la defensa del ejecutivo del medio bolivarense manifestó que al adoptar la sentencia el juez había desconocido la doctrina en jurisprudencia – 38 fallos –, en el proceso que se ventiló por difamación en perjuicio del empresario Yamal Mustafá Henríquez.

“Que le explique a los venezolanos por qué motivo, con argumentos tan deleznables desde el punto de vista técnico, le impone a Natera no una ni dos medidas restrictivas de su libertad, sino cinco: cárcel de 4 años, multa, censura para que no pueda hablar del caso, prohibición de salida del país mientras el juicio discurre y, además, orden de presentación cada 30 días”, agregando que se infringe un principio establecido por el TSJ que consiste en la menor aflicción al penado.

Recordó a los miembros de la prensa que el caso de Henríquez, señalado por el para entonces diputado de la Asamblea Nacional, Andrés Velásquez, como incurso en presunto desfalco a la Corporación Venezolana de Guayana por el monto de 1200 millones de dólares, confinó al industrial a permanecer dos años tras las rejas, luego de lo cual activó una vieja querella que había incoado contra el directivo del Correo del Caroní.

“Lo paradójico de esta decisión es que establece en la práctica que los comunicadores nada más pueden informar de casos como este una vez que se ha producido una sentencia definitiva. De manera que las detenciones preventivas, según esta nueva doctrina, no pueden ser informadas so riesgo de que los periodistas incurran en delito de difamación e injuria”.

Para el profesional del Derecho, se trata de una sentencia de carácter político “porque al Correo del Orinoco se le ha venido hostigando desde hace 15 años por el solo hecho de ser un medio disidente. Entonces, nos encontramos con que aquí se establece un trato discriminatorio: según se sea un disidente político, se le aplica un criterio; y según no se sea un disidente político, se le aplican los parámetros contenidos en esas 38 decisiones judiciales que ahora han sido irrespetadas”.

“Nosotros aspiramos a que a David Natera se le declare inocente, que cese la persecución contra este editor independiente que ha venido disintiendo, como tiene derecho cualquier ciudadano, del sistema político que rige en Venezuela. No se puede criminalizar la línea editorial de un periódico y tratar de acallarlo mediante acciones judiciales”, apuntó, enfatizando la prescripción y la contravía adoptada a lo que se aplica en materia de delitos de opinión.

“Este tipo de delito de difamación e injuria prescriben al año y medio de haberse iniciado el juicio. Entonces, el juez utiliza unos argumentos que contravienen el hecho que la defensa haya apelado de algunas decisiones interlocutorias, despojándose a Natera del derecho a apelar la prescripción del caso, cuando el TSJ tiene sentados en varios fallos que la interposición de recursos procesales en modo alguno priva al que lo utiliza de los beneficios de la prescripción”.

“En este caso, porque ello sería atentar contra el derecho a la defensa – no te puedes defender, no puedes apelar porque entonces después te van a criminalizar -. Eso, evidentemente, ha sido lo que ha hecho Lira Domínguez, por lo cual consideramos que debe acarrear su destitución”, concluyó, enfatizando que la objeción hacia el juez correspondía al plano profesional, no al personal.

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