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Ministerio Público emite comunicado sobre la gestión de la FGR

El Ministerio Público (MP) emitió un comunicado acerca del balance administrativo del ente durante el periodo comprendido desde el 2008 hasta la actualidad, el cual ha tenido como Fiscal General de la República a Luisa Ortega Díaz.

Este comunicado se hace en respuesta a la solicitud del contralor general de la República, Manuel Galindo, quien anunció el 3 de julio que sería fiscalizado el MP y todos sus entes. Este lunes, el Contralor denunció que la Fiscal entorpece las medidas de control fiscal que inició la Contraloría. 

“La Contraloría General de la República, haciendo uso de sus atribuciones constitucionales y legales ha iniciado una actuación fiscal en el Ministerio Público, a las 23 fiscalías superiores a nivel estadal, al igual que entes descentralizados o fundaciones adscritas al Ministerio Público, lo cual la fiscal ha entorpecido", manifestó Galindo.

En el comunicado del MP afirmó que "ha dado estricto cumplimiento de manera oportuna a las exigencias del Máximo Órgano de Control Fiscal en cuanto a los resultados de los exámenes de cuentas, y su calificación en condición de fenecimiento".

Comunicado integro:

En atención a la solicitud a las diferentes dependencias de este organismo, de fecha 03 de julio de 2017, realizadas por delegados del Contralor General de la República, referidas a la ejecución de actuación fiscal, consistente en la revisión y evaluación de los procedimientos administrativos, presupuestarios y financieros ejecutados durante los ejercicios económicos financieros desde el año 2008 hasta el primer semestre de 2017; a tal efecto, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 y 14 numeral 10 en concordancia con los artículos 46 y 47 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, resulta imperativo hacer del conocimiento de la colectividad que el Ministerio Público, en cumplimiento de las atribuciones contenidas en el encabezado del artículo 16 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y en sujeción de su actuación conforme a los preceptos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los tratados, acuerdos y convenios internacionales, válidamente suscritos y ratificados por la República, así como las demás leyes y específicamente la referida a la normativa en materia de control fiscal, a saber, lo establecido en los artículos 56, 57 y 60 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, así como lo dispuesto en los artículos 28, 29 y 32 de las Normas para la Formación, Participación, Rendición, Examen y Calificación de las Cuentas de los Órganos de Poder Público Nacional, Estadal, Distrital, Municipal y sus Entes Descentralizados; y en los artículos 31, 33 y 42 de las Normas Generales de Auditorías de Estado, ha dado estricto cumplimiento de manera oportuna a las exigencias del Máximo Órgano de Control Fiscal en cuanto a los resultados de los exámenes de cuentas, y su calificación en condición de fenecimiento, significando este término, que de los resultados del examen practicado a las cuentas respectivas, no surgieron observaciones que pudieran dar lugar a la formulación de reparos, todo lo cual fue notificado a dicho Órgano Contralor, en la oportunidad correspondiente.

 

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