El diario plural del Zulia

La MUD, más cerca del artículo 333 que del 350

¡Calle y 350!, ¡calle y 350!, repiten miles de opositores luego que el Gobierno suspendió la activación del referendo revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro.

El número se refiere al último artículo de la Constitución de 1999: El pueblo desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

Pero la oposición le exige al Poder Ejecutivo que restituya el orden constitucional, pues considera que violó el artículo 72, que garantiza el derecho a revocar los cargos electos popularmente.

Y el miércoles, en la Toma de Venezuela, Henrique Capriles, dirigente de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), le dio un ultimátum al oficialismo: “O restituyen el orden constitucional, o el día 3 de noviembre todo el pueblo venezolano se viene para Caracas porque vamos a Miraflores”.

La ruta

¿A dónde apunta la brújula? Sergio Urdaneta, abogado constitucionalista, recuerda que la Asamblea Nacional (AN) denunció que el orden constitucional se había roto, y llamó a los ciudadanos a restituirlo.

El ultimátum de Capriles, entonces, se ajusta más al artículo 333. Pues señala que si se dejare de observar la Carta Magna por vías distintas a las que ella misma prevé, todo ciudadano —investido de autoridad o no— tiene el deber de colaborar en el restablecimiento de su vigencia.

“Lo que se está denunciando es la violación del artículo 72, que contempla el derecho de los ciudadanos a ejercer su soberanía, establecida en el artículo 5, donde dice que los órganos del poder están sometidos a la soberanía popular”.

Y el referendo revocatorio es un mecanismo de evaluación popular. “Como eso es lo que se reclama, se le está diciendo al presidente: ‘Mire, si usted quiere, hagamos las cosas bien, y como lo que se está planteando es que se restituya el orden constitucional, no obstaculice la fase de recolección de firmas. Hasta el 3 le damos chance para que se reactive el proceso revocatorio’”.

Poner orden

Los tribunales penales no tienen competencia jurisdiccional para suspender un proceso de validación de firmas, menos cuando el Consejo Nacional Electoral (CNE) ya lo había validado y programado, explica Diana Romero La Roche, decana de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad del Zulia (LUZ).

“El ultimátum es en razón del revocatorio, porque lo que el Gobierno está haciendo es dar un compás de espera para ver si baja la presión de la calle. El tipo de reclamación que en este contexto debe hacerse, es no permitir la legitimación de lo que está ocurriendo”.

Es entonces cuando los ciudadanos, a su juicio, deben acatar el exhorto del artículo 333, que los ampara, para que las instituciones, en armonía con la Carta Magna, actúen con legitimidad.

“El artículo 350 es otra cosa. La manifestación del miércoles es para solicitar el revocatorio, pacíficamente, el pueblo está solicitando que se restaure el Estado de derecho, que no solo ha sido lesionado en este caso particular, porque el TSJ se ha constituido en otro Poder Legislativo, desconociendo la representación de las mayorías en la AN”.

Romero La Roche cree con que las movilizaciones de ayer la MUD quiere mostrarle al Ejecutivo el volumen de pueblo descontento y que reclama su derecho a revocar mandatos, establecido en el artículo 72 de la Constitución y reconocido por el CNE.

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