El diario plural del Zulia

Estas son las razones que llevaron al Gobierno a establecer impuestos a envíos puerta a puerta

El economista Leonardo Vera explicó a El Nacional los impactos que puede generar esta medida en la economía nacional. Dijo que el impacto será en esferas como inflación, consumo, rentabilidad y recaudación fiscal

Luego de dos semanas que se conociera que se aplicarían impuestos a los servicios de envíos marítimos de puerta a puerta, la incertidumbre por conocer cómo funcionarán estos procesos y el impacto que tendrá en la economía nacional, sigue permaneciendo en los venezolanos.

Por ello, a continuación se presentan algunas claves para comprender el funcionamiento de los couriers, las compañías que prestan el servicio de puerta a puerta, y qué establece la legislación venezolana en esa materia.

El Nacional entrevistó asimismo al economista Leonardo Vera, profesor titular de la Escuela de Economía de la Universidad Central de Venezuela, sobre el impacto que podría tener en el país la aplicación de tributos a los servicios de puerta a puerta.

¿Evasión fiscal en envíos puerta a puerta?

La información sobre las medidas a aplicar para los envíos marítimos de puerta a puerta se supo a través de las compañías de encomiendas que notificaron a sus clientes que se comenzarían a aplicar tarifas más altas debido a impuestos o que mantendrían sus mismas tarifas pero ejecutarían cobros adicionales por los tributos aplicables. También se supo que solo aplica a envíos marítimos, y no a los aéreos ni terrestres.

El 5 de julio trascendió que habían quedado suspendidos los envíos marítimos, según Bloomberg en Línea. Dos días después, Delcy Rodríguez, vicepresidenta ejecutiva, negó la información, pero la paralización se mantuvo al menos hasta el día 14, cuando algunas compañías comenzaron a notificar la reanudación de sus operaciones marítimas.

No obstante, a la fecha, aunque las compañías han ido publicando paulatinamente las nuevas tarifas, no ha quedado claro el método para calcularlas, debido a que aún no se han publicado las nuevas disposiciones en la Gaceta Oficial. Por lo que, según las críticas de los usuarios, las tarifas parecieran arbitrarias debido a que difieren de una compañía a otra respecto a cómo cobrarán los impuestos.

En general, con base en lo que varias empresas han notificado a sus clientes, se puede deducir que se dividirán las cargas en dos denominaciones: personales y comerciales. Las empresas que han anunciado esta distinción aplicarán un impuesto de 38 dólares para las cargas personales sin importar el tipo de productos ni el peso ni el volumen del paquete, siempre que sea inferior a 100 dólares.

Servicios puerta a puerta comenzarán a reanudarse pero reina la confusión y la falta de información oficial

Al mismo tiempo se ha anunciado que las cargas comerciales estarán sujetas a impuestos aplicables según el código arancelario, más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), establecido en 16 %, más 1% por servicio de aduana.

Pero, algunas compañías couriers también están considerando como cargas comerciales los paquetes que contengan seis productos del mismo tipo, sin importar si el valor total del paquete es inferior a 100 dólares. Otras han hecho mención de cargas personales aunque sean mayores a 100 dólares, por lo que no queda del todo claro cómo se determina que un paquete es personal o comercial.

Una de las formas que se han mencionado para distinguir que una carga es comercial es si contiene seis o más productos iguales.

Respecto al cobro según el código arancelario significa que dependiendo del tipo de producto se aplicarán distintos porcentajes de impuesto, de hecho, algunos pueden estar exonerados. Pero, generalmente, por ejemplo, los productos relacionados con la alimentación y la salud están sujetos a tributos más bajos que otros rubros como vestimenta, calzado, licores y tecnología.

¿Evasión fiscal?

En términos globales, aparentemente el gobierno nacional se involucró con el tema de los servicios de puerta a puerta bajo el argumento de una posible evasión fiscal. Ya lo avisaba Bloomberg en Línea cuando reveló la paralización de los envíos marítimos y afirmó que se debía a una investigación por irregularidades.

Uno de los couriers con envíos desde España le comunicó a sus trabajadores que el proceso de suspensión obedece en sí a una investigación por evasiones fiscales y cobros adicionales irregulares detectados por el organismo aduanero, lo que impulsará la creación de un nuevo sistema de carga, divididas entre cajas marítimas personales y cargas de empresa”, señaló Bloomberg en Línea en esa ocasión.

Y, aunque la investigación efectivamente terminó relacionada con la abundancia de couriers en Venezuela tras un notorio crecimiento del sector en los últimos años, el punto de inflexión que generó una investigación sobre el funcionamiento de los envíos marítimos de puerta a puerta fue un escándalo sobre una compañía que hacía (o hace) envíos a Venezuela desde China.

Los retrasos de Latimcargo y las acusaciones de estafa

Desde hace semanas, clientes de Latimcargo, una empresa que ofrece hacer envíos a Venezuela de productos comprados en Alibaba, han denunciado insistentemente que llevan meses esperando sus valijas y que no obtienen ni el paquete ni el reembolso. De acuerdo con varias de las denuncias, la carga está en Puerto Cabello, estado Carabobo, pero, en palabras de los afectados, “la empresa dejó los contenedores tirados” en el puerto.

En capturas de pantalla compartidas por afectados la semana pasada se puede apreciar que, ante los reclamos, Latimcargo responde que la retención de la carga se debe a que el gobierno estaba determinando si a estos paquetes se les deben aplicar las nuevas disposiciones tributarias.

Pero, en realidad, el escándalo que involucra a esta empresa estalló antes de que se comenzara a hablar de la aplicación de nuevos impuestos. De hecho, la suspensión de envíos a principios de este mes y la investigación sobre posibles evasiones fiscales, que derivó en la decisión de pechar los servicios de puerta a puerta, se debió precisamente a las denuncias de los afectados que acusaron a Latimcargo de estafarlos, especialmente a raíz de que la compañía cerró la oficina que tenía en Caracas, donde constantemente los clientes iban a reclamar.

NTN24 informó el 3 de julio que un fiscal se presentó en el lugar donde se ubicaba la oficina y que solamente se le puso una multa a la empresa pero no por la presunta estafa sino por no tener código postal. Sin embargo, aparentemente, en silencio, se ejecutaba una investigación de mayor alcance.

Latimcargo, por su parte, desmiente haber estafado a los clientes venezolanos y reconoce que tiene serios problemas financieros que incidieron en un fuerte retraso en las entregas.

En un comunicado que publicó en las redes sociales señaló que las restricciones que impuso el gobierno chino en los últimos meses de 2022 por un rebrote de Covid-19, y que generaron una serie de protestas, afectaron el funcionamiento de Latimcargo.

Añadió que se le acumularon grandes volúmenes de cargas debido a las Navidades y al Año Nuevo Chino, afectando la cadena de distribución. Además, señala la empresa, la crisis empeoró cuando uno de los socios decidió dejar la compañía y solicitó sus activos, disminuyendo el capital de trabajo.

La ley vigente en Venezuela

A raíz del escándalo que involucra a Latimcargo, el Gobierno nacional aparentemente cayó en cuenta del gran negocio que representan los servicios de puerta a puerta en Venezuela. Y en plena búsqueda de aumentar la recaudación fiscal, el Ejecutivo encontró una fuente con buen potencial para aumentar las arcas del fisco sobre todo porque ya existe una ley que lo establece.

Es un escenario similar a lo que se aplicó con la expansión del uso del dólar en Venezuela al aplicar el controversial Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) que lejos de pechar las grandes transacciones financieras, se utilizó para pechar las operaciones con dólares independientemente del tamaño.

Volviendo a las operaciones de envíos marítimos de puerta a puerta, aunque no hay cifras oficiales, la proliferación de los couriers se ha hecho notoria especialmente desde 2018.

En ese sentido, el economista Leonardo Vera señaló que debido a la escasez en el país, el gobierno permitió las operaciones de los couriers sin ponerles mayores trabas y sin aplicar la ley vigente que establece impuestos para estas actividades. Esto a raíz de que estas actividades sirvieron para aliviar el desabasteciendo y dinamizar el mercado con este tipo de importaciones, que hasta ahora no pagaban tributos.

No se les fijaron límites y las importaciones que, en otro entorno, debían ser declaradas y nacionalizadas no pasaban por esos procesos, no pagaban ningún cargo fiscal y esto constituyó un incentivo para los emprendedores para vender en Venezuela productos relativamente económicos”, dijo.

Añadió que: “Probablemente eso va a cambiar porque ahora los couriers van a tener que competir con los importadores ordinarios, es decir, con las empresas legales, establecidas (que sí estaban pagando impuestos), que importan bienes y que estaban en gran desventaja contra estas empresas de puerta a puerta”.

Vera precisó que aunque no haya información reciente publicada sobre los envíos marítimos de puerta a puerta en la Gaceta Oficial, las empresas sí están posibilitadas y obligadas a cobrar y pagar los impuestos. Esto debido a que, explicó, en realidad los impuestos para estas actividades no son nuevos, sino que están establecidos en la ley desde hace años.

En ese sentido, podría considerarse que los couriers no estaban cumpliendo con las tributaciones correspondientes y que, por lo tanto, las nuevas medidas solo significan que tendrán que ponerse al día en el cumplimiento de lo que establece la ley.

“Lo que el Gobierno ha hecho es poner en práctica una ley que ya existe desde hace muchos años, desde el 1997, y es una normativa que en realidad no ha cambiado”, dijo Vera.

Agregó que la ley involucrada establece impuestos por tres conceptos: por una tasa de derechos de importación (que está establecida en 20%), otra de 1% por servicio aduanero y la última por el IVA (16%).

En efecto, la ley mencionada por Vera es la resolución N° 3.283 publicada en la Gaceta Oficial N° 36.127 del 16 de enero de 1997 que regula los servicios de mensajería internacional y que está referida a la Ley Orgánica de Aduanas.

La resolución establece, entre otras cosas, tres aspectos significativos para comprender los impuestos que deberán pagarse ahora, pero al comparar el contenido de la resolución con los anuncios de las compañías de envío puede vislumbrarse que posiblemente el gobierno decidió actualizar la regulación ya que las empresas han informado acerca de algunos aspectos, como el impuesto de 38% a las cargas personales, que no aparecen en la ley en cuestión y que, de hecho, la contrarían.

1. Cargas con valor de hasta 100 dólares

El primer aspecto implica que las cargas cuyo valor sea de hasta 100 dólares no requieren declaración y están libres de los gravámenes aduaneros y otros tributos.

En este punto, como se mencionó, a juzgar por las tarifas anunciadas por varias compañías para las cargas personales no se estaría aplicando la resolución de 1997, al imponerles un tributo de 38 dólares, aunque posiblemente se haya tratado de un error en medio de la confusión, pues, por ejemplo, la compañía AC Export, que hace envíos desde varias ciudades de Estados Unidos, publicó esta semana un comunicado en el que anunciaba textualmente: «El impuesto a pagar por cargas personales será de 38 dólares por caja». Pero, posteriormente borró la publicación.

2. Cargas de más de 2.000 dólares

El segundo aspecto que se desprende de la resolución N° 3.283 es que si el paquete supera un valor de 2.000 dólares “se regirá por el procedimiento ordinario de importación, debiendo satisfacer la obligación tributaria correspondiente”.

Esto significa que si la carga supera los 2.000 dólares, el dueño de la valija debe hacer la declaración por sí mismo y no a través del courier. A la vez, eso supone que debe registrarse en el sistema aduanero automatizado (Sidunea) y ejecutar otros trámites según el tipo de productos que contenga el paquete, como permisos sanitarios y cumplir con las exigencias del Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos, mejor conocido como Sencamer. En otras palabras, la declaración y todos los trámites correspondientes para la importación van por cuenta del dueño del paquete y no de la empresa de envíos.

En este caso, si se detectara mercancía no declarada, el dueño, es decir el propietario final, estaría involucrado en un ilícito aduanero.

3. Entre 100 y 2.000 dólares

Mientras tanto, en las cargas que superen los 100 dólares pero sean inferiores a 2.000 dólares, la resolución establece que están sujetas al “pago de los gravámenes aduaneros aplicables, pago de tributos internos aplicables y a la percepción de estímulos a la exportación aplicables”.

En el entorno fiscal actual esto supone pagar, al menos, por concepto de IVA (16%), las tasas aplicables por código arancelario y la tasa de aduanas (1%).

Así mismo, en estos casos, la mercancía también debe declararse ante las autoridades, pero lo hace el courier y no el cliente final, contrario al caso en que la mercancía supere los 2.000 dólares.

Adiós a la tarifa plana en los envíos puerta a puerta

El Nacional pudo conversar con un trabajador de aduanas quien explicó que, hasta ahora, en efecto, las empresas de envío puerta a puerta solo estaban pagando un tributo que llamó “genérico o estándar”, en alusión a un impuesto plano en el que independientemente del tipo de productos y el volumen de la carga total se pagaba el mismo porcentaje de tributación.

“Por ejemplo, llenaban un contenedor con comida, ropa, zapatos, aceite de carro y pagaban un impuesto plano por todo lo que traían”, dijo al añadir que por tratarse de una tarifa única, aplicable sin importar ni el tipo ni la cantidad de productos, las compañías de puerta a puerta podían calcularla como un gasto fijo para incluirlo en la estructura de costos.

El trabajador insistió en que por ello los clientes no se enteraban de cuánto se estaba pagando en impuestos, porque las courier solo le decían “esta es nuestra tarifa por pie cúbico” sin necesidad de explicar que había algún impuesto porque el tributo se cancelaba por la carga total de la compañía y no se aplicaba por la carga individual de cada uno de los clientes, como se comenzará a hacer.

El trabajador también mencionó un detalle que refuerza la idea de que los anuncios de un impuesto de 38 % para las cargas personales (menores de 100 dólares) puede ser un error en medio de la confusión generalizada, puesto que, afirmó, está al tanto de la aplicación de una tasa de ese porcentaje pero se refirió a las cargas comerciales únicamente.

Lo que tengo entendido es que se va a pagar 38% de lo que cueste la mercancía, pero para envíos comerciales, es decir, más de 5 cosas iguales. Si un cliente contrata un courier por 1.000 dólares de mercancía, tiene que pagar la tarifa de envío y además 38% de esos 1.000 dólares. Además, tiene que pagar un impuesto aplicable según el tipo de mercancía. Sin embargo, las tarifas de envío (el monto que cobra el courier por el servicio) siguen siendo las mismas”, explicó, aunque reconoció que compañías de envíos con las que ha conversado y los funcionarios no tienen del todo claro cómo se aplicarán las disposiciones tributarias.

Recaudación fiscal, inflación y escasez

Más allá de la confusión sobre los montos en los que quedaran los envíos, es de esperarse que las medidas impactarán la economía nacional en esferas como inflación, consumo, rentabilidad y recaudación fiscal.

Al respecto el economista Leonardo Vera señaló, en primer lugar, que es previsible que aumente significativamente la recaudación fiscal, pero, enfatizó que para ello debe cumplirse un requisito indispensable: que se mantenga la importación, algo que podría no suceder si estos impuestos generan un efecto disuasorio.

Efectivamente, allí hay una merma fiscal muy grande (por los impuestos que el sector de servicios puerta a puerta no ha pagado durante años). Por lo tanto, al decidirse aplicar los tributos ciertamente habría un aumento de la recaudación fiscal siempre y cuando el volumen de importación no disminuya", señaló.

"Pero ahora, en la medida en que las importaciones se encarecen, los importadores, las casas comerciales o las empresas que traen esas importaciones van a pensarlo dos veces si van a seguir trayendo el mismo volumen. Muy probablemente frente a una tarifa mucho más alta puede que disminuyan los volúmenes de productos", advirtió.

Remarcó que, si caen los volúmenes de productos, consecuentemente también irían disminuyendo los niveles de recaudación.

El economista dijo que cree que va a predominar el interés de los comercios de mantener sus inventarios y vender a bajos costos, por lo que señaló que podrían reducirse los margenes de ganancia.

El ciudadano común, el consumidor, podría ser el más afectado porque si estos productos importados por puerta a puerta están en sus cesta de consumo verá que aumentarán significativamente", expresó.

En ese sentido, precisó que el aumento en los precios podría ser de magnitud al considerar que la carga tributaria de estos bienes importados bajo la modalidad de puerta a puerta puede ser de entre 38 y 40 %, al sumar 20 % de derecho de importación, 1 % de tasa aduanal y 16 % de IVA.

Menos ganancias para los comerciantes

De igual manera, el experto recordó que la economía venezolana está entrando nuevamente en lo que llamó "una especie de estancamiento".

Tuvimos un principio de año lento, por no decir malo, así que los establecimientos comerciales van a tener mucho cuidado al evitar traspasar completamente esa carga tributaria al precio final. De hacerlo es muy probable que no vendan, entonces creo que muchas empresas van a tener que asumir una reducción en sus márgenes de ganancia si es que quieren vender alguna mercancía", explicó.

Señaló que, por otra parte, el aumento de la recaudación fiscal, en teoría, podría significar la posibilidad de mejorar los salarios, pensiones y jubilaciones.

"Sin embargo, no lo sé. Uno siempre tiene muchas dudas sobre adonde va esa recaudación fiscal extra", indicó.

Mejores condiciones para los productos nacionales

Vera mencionó que también es de esperarse que las empresas nacionales que producen bienes similares a los que se importan vía puerta a puerta pueden verse beneficiadas por un entorno en el que puedan competir en condiciones más favorables.

Con productos extranjeros que van a venir con precios mucho más elevados, las empresas nacionales tendrán el chance de colocar mejor sus productos", avizoró.

Enorme carga fiscal

Mencionó, de igual forma, que desde hace años el gobierno nacional ha estado buscando nuevos sitios de donde extraer recursos, por medio de impuestos, debido a la caída de la recaudación en el sector petrolero.

En ese sentido, el Ejecutivo ha aplicado una serie de medidas como los aranceles en los registros públicos, el IGTF, el incremento de la unidad tributaria, entre otros.

"Y esta última medida dirigida a los servicios de puerta a puerta revela una búsqueda de recursos ante una merma significativa de la tributación fiscal petrolera y buscan en el sector no petrolero", dijo.

Esto lastima la actividad empresarial en una economía que apenas estaba sacando la cabeza para poder respirar después de estar ahogada durante más de siete años. Así que, en efecto, es una situación muy complicada para quienes hacen negocios en Venezuela y los establecimientos se sienten muy asfixiados por la enorme carga tributaria que tienen encima", concluyó.

Lee más:

Adán Celis, presidente de Fedecámaras: "El venezolano que diga que quiere sanciones es un loco"

Lea también
Comentarios
Cargando...