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Destituido por visibilizar corrupción en Venezuela: El caso que la Cidh presentó ante la Corte-IDH

La Comisión aseguró que el Gobierno venezolano violó al menos seis artículos de la Constitución contra José Antonio Navarro Hevia. El exfuncionario fue despedido tras dar a conocer actos irregulares en el Ministerio de Defensa. La información llegó al expresidente Chávez, quien no ofreció respuesta alguna

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) presentó ante la Corte-IDH el caso de José Antonio Navarro Hevia, un funcionario público en el Ministerio de Defensa venezolano que fue destituido por denunciar corrupción en el organismo.

Navarro trabajó entre 1978 y 2001 en su cargo, cuando durante la gestión de Hugo Chávez dio a conocer irregularidades en el gabinete socialista.

Tras la denuncia, Navarro recibió una averiguación administrativa por “dañar el buen nombre e intereses del Ministerio de Defensa” y al menos tuvo cinco amonestaciones basadas en el artículo 60 de la Ley de Carrera Administrativa, reseñó EVTV Miami.

El mismo año en el que denunció la corrupción fue destituido del cargo de Analista de Personal y aunque presentó varios recursos su caso no fue atendido. Incluso, Navarro le hizo llegar la información a Chávez, pero no recibió ninguna respuesta.

En relación con los principios de independencia e imparcialidad, la Comisión observó irregularidades en el proceso administrativo. Notó un contexto de persecución a funcionarios públicos opositores, donde Navarro Hevia realizó críticas públicas al gobierno y denuncias de corrupción y concluyó que el Estado no garantizó el acceso a autoridades imparciales en el proceso administrativo.

La Cidh destacó que la administración tardó al menos nueve años en emitir decisiones finales, lo cual fue un plazo irrazonable. Esta demora violó los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial y la amonestación por buscar información y denunciar corrupción constituyó una restricción ilegítima a la libertad de expresión, que afectó el debate público y el control democrático.

Con base en lo anterior, la Cidh expuso que el Estado venezolano es responsable por la violación de los derechos reconocidos en los artículos 8.1 (garantías judiciales), 9 (principio de legalidad), 13 (libertad de pasamiento y expresión), 25 (protección judicial) y 26 (derecho al trabajo) en relación con las obligaciones establecidas en los artículos 1.1 y 2 de la Cadh.

De esta manera, la Cidh recomendó al Estado las siguientes medidas de reparación:

Reparar a Navarro Hevia de manera material e inmaterial con compensación económica y satisfacción.

Realizar investigaciones imparciales y efectivas para esclarecer los hechos y establecer responsabilidades en un plazo razonable.

Adoptar medidas para evitar la repetición de violaciones, especialmente relacionadas con la restricción del derecho a la libertad de expresión de funcionarios públicos que denuncien hechos de interés general o presunta corrupción.

Adoptar medidas legislativas para garantizar causales claras y taxativas en procesos disciplinarios que garanticen seguridad jurídica y el principio de legalidad.

Promover la creación de mecanismos eficientes, transparentes y responsables para recibir y procesar denuncias por presuntos actos de corrupción.

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