El diario plural del Zulia

Central ASI Venezuela propone aprobación de Ley de Emergencia Laboral

La organización plantea la aprobación Ley de Emergencia Laboral con medidas concretas de factible aplicación, que comprende los temas macro del mundo del trabajo: salario, protección social, empleo, consulta y diálogo social tripartito

En el marco de las mesas técnicas de diálogo entre las Centrales Sindicales, los empleadores y el Ministerio del Trabajo, la Central ASI Venezuela presentó la propuesta de una Ley de Emergencia Laboral, que plantea un piso mínimo de protección social que permitiría a los trabajadores el acceso a un conjunto de bienes y servicios y además aseguraría un mejor ingreso.

Un ingreso que nos saque del umbral de pobreza por ingresos, piso que requiere de la reactivación del aparato productivo, la seguridad jurídica y gobernanza, que permita inversiones, generación de empleos formales, así como políticas públicas que regulen y den paso al tránsito de la economía informal a la formal, es decir, conquistar trabajo decente, crecimiento y desarrollo sostenible”, dijo la presidenta de ASI Venezuela, Leida Marcela León.

Destacó que desde la organización sindical que lidera “consideramos que el salario se ha convertido en un proceso que encarna dolor e incertidumbre, lo cual hace necesario y urgente un ingreso real y suficiente, para poder cubrir el sustento familiar. La falta de un ingreso digno, ha aumentado las desigualdades, por ello, un salario digno, real y suficiente es una deuda impostergable para con la clase trabajadora venezolana”.

Explicó que la propuesta ha valorado indicadores y variables como fuerza de trabajo, empleo y desempleo, PIB, INPC, hiperinflación, crecimiento económico, producción petrolera, ingreso fiscal, bloqueo, sanciones, reconversiones, Covid 19, vacunación, entre otros.

"Tenemos la obligación de actuar de manera inmediata para paliar los actuales problemas de pobreza derivados de la insuficiencia del salario; adoptando medidas que conduzcan al pago de un salario suficiente con medidas de emergencia laboral. Es recomendable que a mediano plazo o sobre la marcha de la emergencia ir mejorando los procedimientos para la fijación de salarios como producto del dialogo social”, precisó.

¿En qué consiste la propuesta de ASI Venezuela?

León informó que la organización propone la aprobación Ley de Emergencia Laboral con medidas concretas de factible aplicación, que comprende los temas macro del mundo del trabajo: salario, protección social, empleo, consulta y diálogo social tripartito, "los elementos fundamentales que constituyen el trabajo decente y la justicia social, con transversalidad de grupos vulnerables".

En materia de salarios plantean -prosiguió- la creación de una ley de emergencia salarial, de ingresos y mecanismos complementarios del salario, con una vigencia de un año, que beneficiaría a trabajadores activos del sector formal de la economía (público y privado); a los trabajadores jubilados y pensionados y a los trabajadores no dependientes o autónomos de la economía informal.

"Es importante destacar que, ante la pérdida del valor del bolívar, nuestra propuesta es el pago en euros o su equivalente en bolívares”, dijo.

La propuesta de Ley contiene lo siguiente:

1.- Salarización de todos los bonos (legales, contractuales y de patria)

2.- Salarización de la Cestaticket.

3.- Un salario progresivo con aumentos intermensuales, iniciando con un porcentaje del 200 % del salario mínimo con aumentos intermensuales del 100 % cada mes.

4.- Los Estos aumentos intermensuales deben aplicarse de manera lineal a todos los tabuladores contractuales.

5.- Una Subvención Extraordinaria Trimestral o Salario Social Trimestral, sin incidencia salarial. Consiste en un pago equivalente a dos salarios mínimos cada trimestre, para luchar contra la hiperinflación y la brecha del poder adquisitivo del salario.

6.- Compensación digital, sin incidencia salarial, del 15 % del salario mínimo.

7.- Compensación por bioseguridad: En dotación o en dinero de curso legal, sin incidencia salarial. 20 % del salario Mmínimo.

8.- Compensación por suspensión, sin incidencia salarial, de acuerdo a la siguiente escala: suspensión de uno a tres meses: dos salarios mínimos; de tres a seis meses: tres salarios mínimos; de seis a nueve meses: cuatro salarios mínimos; de nueve a 12 meses: cinco salarios mínimos; y superior a 12 meses: seis salarios mínimos.

9.- Facilitar la creación de economatos, cooperativas o comisariatos de consumo, alimentos, bienes y servicios de primera necesidad y farmacias sociales, administrados por las organizaciones sindicales.

10.- Incluir un artículo en la ley sobre la igualdad de remuneración para evitar la diferencia entre salarios de hombres y de mujeres.

11.- Políticas de compensación, tales como beneficios sociales, estímulos e incentivos, oportunidades de crecimiento profesional, garantías de empleo, estabilidad.

12.- Retribuciones y/o compensaciones flexibles: Seguros de accidentes; cursos de formación en la economía del cuidado, en la economía de plataformas y en energías renovables; ticket de transporte; ticket de guardería; cesión de vehículo; seguro de ahorro vinculado a la jubilación; sistemas de formación e inserción laboral en empleos sostenibles; elaboración de diseños curriculares de empleos verdes.

13.- La creación e instalación de la comisión y/o consejo tripartito nacional de salarios, como instancia de revisión de salarios en tiempos de emergencia, de manera semestral y anual.

14.- Compensación para el sector no dependiente de la economía informal y emprendedores: dos primeros meses 70 % del salario mínimo; tercero y cuarto mes 60 %; quinto y sexto mes 50 % y del séptimo al doceavo mes 40 % del salario mínimo.

15.- Para resistir la emergencia sanitaria y económica, proponemos para los trabajadores activos del sector formal de la economía (público y privado); trabajadores jubilados y pensionados; y los trabajadores autónomos no dependientes o por cuenta propia, un ingreso vital de emergencia o ingreso familiar de emergencia, equivalente a 50 euros mensuales por el lapso de un año, prorrogable.

“En función a estas propuestas que requieren consenso tripartito, voluntad política y recursos, expresamos que es una propuesta que puede ser perfeccionada, con aportes de otros actores del proceso social del trabajo, para iniciar un proceso progresivo de recuperación salarial, a través de varios métodos", finalizó la titular de ASI Venezuela.

Lea también
Comentarios
Cargando...