El diario plural del Zulia

Rodrigo Rivera Morales | ¿Justicia transicional en Venezuela?

No tengo dudas de ninguna naturaleza que vivimos una situación de conflicto interno, promovido desde la cúpula del poder, ejerciendo violencia institucional y material contra la población, lo que conlleva una violación permanente y sistemática de los derechos humanos. No hay duda tampoco de la inmensa crisis social y económica que conmociona al país. La violencia ejercida desde el poder público no solo es represiva sino intimidatoria, pero, la más grave es la que se ejerce sobre sus derechos, desde el salario hasta la seguridad social. Hay salarios de hambre, extorsión e intimidación para la protesta, carencia de servicio público eficiente de salud, persecución al protestatario por la inmensa problemática social y contra el que se oponga a las desastrosas políticas públicas.   

Quienes se oponen al régimen, empleando diversas, han tratado de alcanzar acuerdos de paz y estabilidad política acudiendo a mesas de diálogo con el régimen con el fin de llegar, al menos, a recuperar la expresión básica de la soberanía popular mediante el voto en elecciones libres, democráticas y transparentes. También, que el régimen se comprometa cesar la persecución a la disidencia, respete los derechos humanos y castigue a quienes los violen. Se han hecho anuncios de parte y parte sobre lo alcanzado, pero mas temprano que tarde el régimen violenta los acuerdos y los interpreta a su modo.

Esta a la vista que el modelo político vigente en Venezuela es el de la concentración del poder en manos de la cúpula oficial. Quienes controlan el poder público minimizan a los otros poderes y les imponen la sumisión absoluta. No hay independencia de poderes, obviamente, no hay control del poder. En la actualidad el poder legislativo y judicial es un apéndice de la cúpula gubernamental, demostraciones son muchas, basta citar, la inhabilitación de María Corina Machado refrendada rápidamente por el poder judicial, pero frente a la detención arbitraria e incomunicación de Rocío San Miguel el poder judicial ha guardado un silencio cómplice.

Ahora bien, ¿es posible plantear una justicia transicional en Venezuela? Partamos de definir la justicia transicional. Desde su finalidad, tomemos a ONU (SGNU 2004 General al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. 3 de agosto de 2004, in. doc S/2004/6169  que expresa que la justicia transicional “…abarca toda la variedad de procesos y mecanismos asociados con los intentos de una sociedad por resolver los problemas derivados de un pasado de abusos a gran escala, a fin de que los responsables rindan cuentas de sus actos, servir a la justicia y lograr la reconciliación”.

Se entiende entonces que los mecanismos de la justicia transicional abordan la herencia de violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario durante la transición de una sociedad que se recupera de un conflicto o un régimen autoritario. Podemos plantearnos dos hipótesis a mosso grodo. La primera, puede negociarse una transición, simplemente, política, que permita alcanzar la democracia, establecer acuerdos para garantizar su avance a la normalidad. Esto implica restaurar el orden constitucional y el Estado de Derecho. Será posible en ese Estado constitucional y de Derecho investigar a las violaciones graves a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, y ejercitar los principios básicos de la justicia transicional: la justicia, la verdad y la reparación. La segunda, es que simplemente haya elecciones para designar el presidente, sin que haya otros acuerdos.

En esta última hipótesis ¿es posible hablar de justicia transicional? En las condiciones actuales de Venezuela esto me luce imposible. El aparato legislativo, con el respaldo de los fusiles y el poder judicial, fabricaría esperpento de leyes que limitarían el ejercicio del Poder Público Nacional, estando atento el sumiso Poder judicial para validar esos adefesios jurídicos. Imaginemos que la Corte Penal Internacional dicta orden de aprehensión contra los acusados por las violaciones de derechos humanos y crímenes lesa humanidad cometidos, en cuyo caso a quien detente la máxima autoridad ejecutiva correspondería la entrega de quienes tengan en su contra orden de aprehensión. ¿Permitirían el aparato legislativo, con el respaldo de los fusiles y el poder judicial actuales, la entrega de tales imputados? Todo hace prever que no. Esto significaría una inmensa crisis, pues las víctimas reclamarían y la decencia social lo exigiría. Esto significa de alguna manera que no habría auténtica democracia y seguirían usurpados los poderes legislativo y judicial.

Para hablar de auténtica transición es condición indispensable la vigencia de la democracia, respaldada por la supremacía constitucional y un poder judicial independiente y autónomo que controle el poder. Es una quimera hablar de democracia y de justicia de transición, en la cual juegan papel relevante, las víctimas, en tanto permanezcan secuestrados los poderes. Entendemos que hay negociaciones, puede haber leyes de indulto y amnistía, investigación y verdad, reparaciones, entre otros, pero esto debe hacerse bajo la condición de cuerpos probos, democráticos y responsables.

Lea también
Comentarios
Cargando...