El diario plural del Zulia

¿Poder o autoridad?, por Jorge Sánchez Meleán

Cuando el país se prepara para elegir a 335 alcaldes de Venezuela y nuevamente al Gobernador del estado Zulia, no está de más reflexionar, sobre lo que significa, que estos se tengan obligatoriamente que juramentar ante la llamada Asamblea Nacional Constituyente (ANC).

Es inconcebible, que mediante una nueva coacción, la ANC, Gobierno de facto que ejerce poderes dictatoriales con vocación totalitaria, pretenda otra vez juramentar a funcionarios electos por el voto popular en sus respectivas circunscripciones. Con ello este cuerpo ilegítimo, desconoce la voluntad popular.

Esta arbitrariedad es jurídicamente nula. Se irrespeta la soberanía popular, cuando se pone a quienes resulten electos, ante la disyuntiva de juramentarse o no para asumir el cargo, ante un órgano ilegítimo, que no tiene competencia alguna en esta materia. En consecuencia, ojalá que quienes resulten electos, vean con claridad, que nada ganan con esa juramentación inconstitucional, pues la falsa Constituyente puede impedirles, cuando le convenga políticamente al régimen, el ejercicio autónomo del cargo que obtuvieron por elección popular.

La vergonzosa acta suscrita por los cuatro gobernadores de oposición que se doblegaron ante el régimen, pone de manifiesto, que ellos solo ocuparán nominalmente el cargo de gobernadores, como acontecerá con los alcaldes y gobernadores que lo hagan de ahora en adelante. Juramentarse ante ese cuerpo, solo los facultará a ejercer un cargo vacío, pues las competencias que la Constitución y la ley asignan a gobernadores y ahora a los alcaldes, fueron abolidas de facto por la ANC.

Así, alcaldes y gobernadores que se juramenten ante ese cuerpo, serán simplemente meros agentes de un cuerpo ilegítimo, y no mandatarios de sus electores. Y como lo contempla el Decreto Constituyente de fecha 8 de agosto de 2017, ante el menor desacato a decisiones de ese cuerpo, podrán ser removidos de sus cargos, así estos provengan del voto popular. Por ello, juramentarse sumisamente ante la ANC es traicionar a sus municipios o estados, al renunciar al ejercicio de la autonomía y las competencias de estos, establecidos entre los artículos 159 y 184 de la Constitución vigente.

Los alcaldes y gobernadores electos, antes de dar el paso de juramentarse, al margen de la Constitución y la ley, deberían reflexionar primero, en el alcance del artículo 350 de la Constitución; y segundo, en que la Constitución no puede ser derogada por medios que no estén previstos en ella (artículo 333). Juramentarse ante ese cuerpo, en nada contribuye al restablecimiento de su vigencia, sino al contrario, pues la Constituyente fraudulenta no es ninguna “realidad política”, sino una irrealidad constitucional que no debemos acatar sino enfrentar. Los que resulten electos tendrán que escoger entre el Poder mediatizado que se les permitiría ejercer para legitimar al régimen, o la Autoridad moral y ética que se les impediría ejercer, pues no hay Estado de derecho. Y solo quienes tengan Autoridad podrán liderizar el cambio de régimen que los venezolanos demandan.

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