El diario plural del Zulia

Neuro J. Villalobos Rincón | Sobre los derechos humanos

“La mentira no puede ser base de moralidad, porque es imposible que sea convertida en Ley universal”

- Fernando Savater.

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó mediante Resolución al respecto la Declaración Universal de los Derechos Humanos, hecho trascendental para toda la humanidad. Se pidió a todos los países que publicaran su texto y que fuera “distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza. No sé si a ese petitorio se le dio cumplimiento ya que  en Venezuela también comenzó en ese mismo año otro período convulso de dictadura militar con la sucesión de Carlos Delgado Chalbaud (1948-1950); Germán Suárez Flamerich (1950-1952); y Marcos Pérez Jiménez (1952-1958).

En el preámbulo de dicha Declaración se destacan dos párrafos que consideramos principistas que a la letra dicen: “Considerando esencial que los Derechos Humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”, y, “Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad”, proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Es importante resaltar que hace ya 75 años que los pueblos del mundo consideraron fundamental el respeto a los derechos humanos para que el hombre no se viera impulsado o tuviera justificación para iniciar un proceso de rebelión contra la tiranía y la opresión y ampliar su concepto de libertad  que le permitiera no sólo preservar la vida y la libertad de las personas, sino además,  una mayor disposición a elevar el nivel de vida de la población.

Igualmente, el 11 de septiembre del año 2001, es aprobada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) en sesión plenaria, la Carta Democrática Interamericana que en su artículo 1o. expresa claramente sus objetivos al declarar: “Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla.

La democracia es esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos de las Américas.”

Venezuela pertenece a ambos organismos, la ONU y la OEA:,de modo que está obligada no sólo moralmente, por  tratarse de resoluciones que la obligan a su acatamiento, sino que constitucional y legalmente también lo está ya que taxativamente lo expresa nuestra Constitución Nacional vigente como principios fundamentales, específicamente en los artículos 1, 2 y 3, sino además en los artículos 19 y 23. Éste último al efecto dice: “Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a los establecidos en esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.”

Es importante y conveniente que nuestros juristas revisen permanentemente estos documentos por aquello de la impunidad a la que algunos se refieren tratando de proteger a los funcionarios del régimen dictatorial que nos oprime,  ya que las decisiones políticas no pueden estar en contravención a las disposiciones de organismos internacionales de los que Venezuela es miembro  y de las constitucionales y legales que rigen en el país. Resulta inaudito que en pleno siglo XXI y a pesar de que son mandatos comunes a casi todas las naciones, los derechos humanos en Venezuela siguen siendo pisoteados e insensiblemente ignorados.

Neuro Villalobos Rincón, académico venezolano, especialista en ciencias de la educación.

Los papeles del CREM

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Los papeles del CREM, aspiran ser un reflejo del pensamiento político, económico de la Venezuela actual y de la Venezuela del futuro

Editado por los Papeles del CREM, 28 de junio del año 2024. Responsable de la edición: Raúl Ochoa Cuenca. [email protected]m

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