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Tribunal de apelaciones mantiene el bloqueo sobre veto migratorio de Trump

Un tribunal de apelaciones decidió mantener el bloqueo que pesa sobre el veto migratorio del presidente de EE.UU., Donald Trump, proclamado en marzo para prohibir la entrada a territorio estadounidense de refugiados y de nacionales de seis países de mayoría musulmana.

El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito determinó que el mandatario "excedió el alcance de su autoridad" al firmar el 6 de marzo su orden ejecutiva sobre inmigración y, por ello, decidió mantener bloqueadas las partes más importantes del decreto.

El veto migratorio de Trump ya se encuentra en el Tribunal Supremo después de que el Tribunal de Apelaciones del Cuarto Circuito, con sede en Richmond (Virginia), fallara en su contra el pasado 25 de mayo.

Por tanto, el fallo del tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito refuerza los argumentos de los opositores a la medida y pone una mayor presión sobre el Tribunal Supremo, que aún no ha decidido si admitirá a tramite el caso.

En su fallo, los jueces del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito avalaron el bloqueo al veto que impuso previamente un juez de Hawái al considerar que el mandatario abusó de su poder y no probó de manera suficiente que su orden ejecutiva estaba destinada a proteger a EE.UU., supuestamente al frenar el terrorismo yihadista.

"La inmigración, incluso, para un presidente no es un espectáculo individual. La autoridad del presidente está sujeta a ciertas restricciones estatutarias y constitucionales", determinaron los magistrados en su fallo, de 86 páginas.

"Concluimos que el presidente, al emitir esta orden, excedió el alcance de la autoridad delegada en él por el Congreso", añaden los jueces del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, con su sede central en San Francisco (California), aunque con delegaciones en diferentes ciudades, como Seattle (Washington).

Aunque fallaron en contra del veto de Trump, los jueces del Noveno Circuito decidieron mantener bloqueadas algunas partes de la orden ejecutiva y determinaron que el juez de Hawái, que suspendió previamente la orden ejecutiva, actuó de manera incorrecta al bloquear toda la iniciativa.

El bloqueo, sin embargo, se mantiene sobre las partes esenciales de la orden, que son las que anulan durante 120 días el programa de acogida a refugiados y prohíben durante 90 la entrada a territorio estadounidense de ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia).

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