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Funcionarios públicos argentinos deberán registrar los regalos que reciban

El presidente de Argentina, Mauricio Macri, firmó un decreto que detalla que los funcionarios públicos deberán registrar todos los regalos que reciban por razones de cortesía o costumbre diplomática con el fin de evitar prácticas de corrupción, según se publicó este lunes en el Boletín Oficial.

Para la puesta en marcha del decreto, elaborado por la Oficina Anticorrupción (OA), el Gobierno creará el Registro de Obsequios a Funcionarios Públicos y el Registro de Viajes Financiados por Terceros, donde se deberán registrar todos los regalos que reciban.

Así, el Ministerio de Modernización desarrollará sistemas informáticos para la organización y el funcionamiento de los registros creados y hasta entonces, los funcionarios que reciban un obsequio deberán comunicar este hecho al organismo.

La nueva ley señala que "los funcionarios públicos no podrán recibir regalos, obsequios o donaciones, sean de cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones".

Sin embargo, agrega que, si los obsequios son de cortesía o de costumbre diplomática, "la autoridad de aplicación reglamentará su registro y en qué casos y cómo deberán ser incorporados al patrimonio del Estado".

El artículo reglamentario indica que los obsequios recibidos se incluirán en el patrimonio del Estado con fines de educación, acción social, salud o patrimonio histórico cultural.

La secretaria de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, Laura Alonso, declaró que con esta ley, el Gobierno de Mauricio Macri "envía un mensaje clarísimo a sus funcionarios y a todos aquellos que busquen influenciarlos indebidamente".

Alonso subrayó que el artículo "aumenta la transparencia y control institucional y ciudadano, y reduce los riesgos de influencias", así como que "busca aumentar la confianza de la ciudadanía en sus funcionarios y a los funcionarios les otorga un marco claro de conducta ética".

El Régimen de Obsequios a Funcionarios Públicos especifica que los obsequios no pueden provenir de personas o entidades que realicen actividades reguladas por el organismo, gestionen o exploten concesiones y franquicias, sean contratistas o proveedores, procuren una decisión del organismo o tengan intereses que puedan verse afectados por una decisión del funcionario.

En cambio, los funcionarios sí podrán recibir obsequios de cortesía o comestibles en casos en que sean entregados en eventos, actos, visitas o actividad oficial pública.

Todos los registros de obsequios se encontrarán publicados en el portal de datos abiertos del Ministerio de Modernización.

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