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Colombia extiende cierre total de fronteras terrestres hasta el 1 de marzo

“Cerrar los pasos terrestres y fluviales de frontera con la República de Panamá, República de Ecuador, República del Perú, República Federativa de Brasil y República Bolivariana de Venezuela, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del 16 de enero de 2021, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de marzo de 2021”, dice el decreto presidencial

El paso por las fronteras de Colombia con Venezuela, Ecuador, Perú, Brasil y Panamá, que se reabriría este 16 de enero (Decreto 1550 de 2020), seguirá restringido según el Decreto 039 de 2021, que tendrá vigencia hasta las 00:00 horas del 1 de marzo de 2021.

El documento señala que el nuevo cierre, que también aplica para las fronteras fluviales, comenzará este sábado desde las 00:00 horas.

“Cerrar los pasos terrestres y fluviales de frontera con la República de Panamá, República de Ecuador, República del Perú, República Federativa de Brasil y República Bolivariana de Venezuela, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del 16 de enero de 2021, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de marzo de 2021”, dice el decreto presidencial, y afirma que el cierre es “necesario para contrarrestar la emergencia biosanitaria” de la Covid-19.

De acuerdo con Migración Colombia, las excepciones se detallan para las siguientes actividades:

- Emergencia humanitaria.

- El transporte de carga y mercancía.

- Caso fortuito o fuerza mayor.

La salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

Sin embargo, la normativa establece que las medidas serán levantadas en cualquier momento con la previa autorización de los Ministerios de Salud y del Interior.

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