El diario plural del Zulia

CIDH lamenta la muerte de dos venezolanos con medidas cautelares

El organismo aseguró que solicitaron a la administración de Nicolás Maduro adoptar las medidas necesarias para proteger sus derechos, asegurando el acceso a los tratamientos médicos, pero no se cumplió

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) lamentó el fallecimiento de los ciudadanos José Humberto Hernández Rodríguez y Román Tovar Zambrano, ocurridas el 23 y 24 de marzo de 2021, respectivamente, en Venezuela.

Ambas personas eran beneficiarias de medidas cautelares otorgadas por la CIDH mediante Resoluciones No. 8/2021 de 28 de enero de 2021 y No. 4/2021 de 7 de enero de 2021.

“Tras el otorgamiento de ambas medidas cautelares, no se recibió información que indique que las instituciones nacionales del país hayan adoptado acciones idóneas y efectivas para implementar las solicitudes realizadas por la Comisión; por el contrario, la representación común en ambos asuntos informó que no se tomó ninguna medida para implementarlas”, aseguró la CIDH en su portal web.

El organismo aseguró que solicitaron a la administración de Nicolás Maduro adoptar las medidas necesarias para proteger sus derechos, asegurando el acceso a los tratamientos médicos prescritos por los especialistas correspondientes.

“Tovar era paciente con esclerosis múltiple, y desde 2016 no recibía su tratamiento médico prescrito. Hernández, quien se encontraba privado de su libertad, padeció grave insuficiencia respiratoria y lesión pulmonar, y se informó que no recibió atención médica oportuna”, dijo la comisión.

Asimismo, la CIDH exhortó a las autoridades venezolanas a adoptar todas las medidas que resulten necesarias para implementar las medidas cautelares actualmente vigentes.

“El otorgamiento de medidas cautelares permite al Estado tener conocimiento de una situación de riesgo y, por lo tanto, existe un deber especial de protección, de tal manera que la implementación efectiva de las medidas constituye un medio de prevención razonable a fin de evitar que el riesgo llegue a materializarse. En ese sentido, el Estado tenía el deber de prevenir que se produjeran hechos lesivos a los derechos de las personas beneficiarias”, indicó.

Lea también
Comentarios
Cargando...