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TSJ exige al IVSS pagar un millón de bolívares a una extrabajadora del instituto

Después de 20 años del accidente de La Ovallera, el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), aún paga las consecuencias de la mencionada tragedia. Hoy, dicho organismo deberá cancelarle un millón de bolívares a una extrabajadora de ese centro, como indemnización por los daños que sufrió en un accidente laboral ocurrido allí el pasado 31 de marzo de 1993.

La condena se la impuso la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en su sentencia 583, en la cual declaró parcialmente con lugar una demanda por daños y perjuicios que Maritza Beatriz Civada de Ramírez interpuso en 1995 contra el organismo, debido a las afecciones de salud que ahora padece después de que haber respirado unos gases durante una fumigación que unas contratistas de la instancia pública realizaron hace 23 años en el Hospital Dr. José Antonio Vargas de la localidad aragueña.

Al máximo juzgado no le queda duda de la responsabilidad del Seguro Social, porque "tenía la obligación de supervisar las labores realizadas" por las empresas que contrató (Arista Centri Servicios, C.A. y Enterprise, S.R.L) para fumigar y hacer mantenimiento a los aires acondicionados; y por ello no solo le ordenó pagarle un millón de bolívares a la afectada como indemnización.

Civada, en su escrito, reveló que a partir del incidente comenzó a padecer de dolores de cabeza, mareos, diarrea, problemas de visión e insomnio, los cuales la obligaron a ser internada en varias ocasiones a los días del suceso. Posteriormente le fue hallado un tumor en un riñón y un padecimiento hepático por el cual debió irse a Estados Unidos para tratarlo, porque ni en los centros del IVSS ni en clínicas privadas daban con el tratamiento adecuado.

Sin embargo, pese a que la Sala "no tiene dudas (…) del sufrimiento que debió generar a la mencionada ciudadana la aparición y evolución de sus múltiples enfermedades, así como de la incertidumbre que en principio reinó sobre la etiología de la misma" rechazó las peticiones de las afectada para que le ordenara al organismo público compensarla con 50 millones de bolívares como reparación. ¿La razón? "No acreditó medios de pruebas contundentes que demostraran que los citados padecimientos físicos hayan generado un lucro cesante que afecte su esfera material", se lee en dictamen redactado por el magistrado Inocencio Figueroa.

No obstante, el TSJ le ordenó también al IVSS que evalúe su caso y determine si cumple los requisitos para recibir una pensión de invalidez.

Esta es la tercera vez que el TSJ condena al organismo público a indemnizar a extrabajadores de La Ovallera, pues en 2010 ordenó pagarle indemnizaciones a seis personas y en 2010 a otras diez.

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