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Precios de alimentos en dólares subieron 15,10% en Maracaibo

La CAMM, relativa a Mara, Maracaibo y San Francisco, registró un valor promedio entre estos municipios de Bs. 51.355.757,85, es decir, USD 52,06, a una tasa promedio de Bs/USD 997.216,94. Este monto implica una variación, en bolívares, de -1,72% atendiendo al valor marcado en la primera quincena de diciembre, mientras que en USD la variación fue de +4,48%

La Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia (Codhez) realizó, entre el 26 y 28 de diciembre de 2020, el monitoreo de oferta y precios de alimentos en Lara, Táchira y Zulia, como parte de una investigación más amplia sobre seguridad alimentaria en el occidente del país.

A fin de determinar y comparar las condiciones de accesibilidad y disponibilidad de los alimentos en estas regiones, Codhez define cuatro canastas o lista de precios: canasta Área Metropolitana de Maracaibo o CAMM (municipios Maracaibo, San Francisco y Mara); canasta Costa Oriental del Lago o CCOL (municipios Cabimas y Lagunillas); canasta Barquisimeto (CBQT); y canasta San Cristóbal (CSCT).

En esta segunda quincena de diciembre, se realizó el monitoreo de 24 alimentos en un total de 52 establecimientos comerciales ubicados en los municipios ya mencionados.

En Maracaibo el aumento de los precios en dólares registró mayor alza

La CAMM, relativa a Mara, Maracaibo y San Francisco, registró un valor promedio entre estos municipios de Bs. 51.355.757,85, es decir, USD 52,06, a una tasa promedio de Bs/USD 997.216,94. Este monto implica una variación, en bolívares, de -1,72% atendiendo al valor marcado en la primera quincena de diciembre, mientras que en USD la variación fue de +4,48%.

Se destaca que en Maracaibo se requirió, en promedio, de Bs. 57.415.225,62 (USD 56,27 en atención a una tasa de Bs/USD 1.020.317,48) para adquirir los productos básicos para su alimentación. Así, esto representa un incremento de +5,37% en bolívares y +15,10% en USD, respecto a la quincena anterior.

En Cabimas y Lagunillas escasea la venta de huevos por unidad 

Según los datos recopilados de la CCOL, los precios de alimentos en Cabimas y Lagunillas presentan una moderada diferencia entre ellos. En los establecimientos monitoreados de ambos municipios hubo escasez del huevo por unidad. Entre tanto, en Cabimas no se encontró la presentación de huevos por docena.

En promedio, la CCOL registró un valor de Bs. 52.086.648,37, es decir, USD 52,13, a una tasa promedio entre los dos municipios de Bs/USD 999.196,67. Si se compara con el valor promedio de la CCOL de la primera quincena de diciembre la diferencia en bolívares fue de -5,48%. En USD fue de +5,40%.

En Barquisimeto encareció 28% el costo por kilo del tomate

En esta ocasión, el valor de la CBQT, que comprende la lista de alimentos monitoreados en el municipio Iribarren, estado Lara, se cifró en Bs. 52.770.130,10 (USD 50,08), a una tasa de Bs/USD 1.053.671,90. En términos generales, en solo quince días, la CBQT aumentó +2,16% en bolívares, +7,61% en USD.

El rubro con mayor incremento fue el tomate, con un precio por kilogramo de Bs. 2.673.704,75, es decir, +28,09% más alto que en la primera quincena de diciembre. Por su parte, el precio del kilogramo de cebolla, así como el kilogramo de yuca, se incrementaron 20% en esta quincena.

El precio del kilo de cebolla aumentó 28% en San Cristóbal

En San Cristóbal, estado Táchira, la lista de alimentos de la CSCT alcanzó un valor de Bs. 44.678.717,87, equivalentes a USD 41,48 (Bs/USD 1.077.000,00), y COP 139.248,67 (COP/Bs 0,0031).En general, se registró un aumento en bolívares de +0,45% entre los precios de la primera quincena de diciembre y la segunda quincena de diciembre. En USD la variación fue de +5,68%, y en COP de +4,75%.

Se resalta el pronunciado incremento del precio del kilogramo de cebolla en mercados de la capital tachirense, cuyo costo pasó de Bs. 1.072.327,14 a 1.371,999,80 en quince días, una variación de 28%, en bolívares. En términos de dólares estadounidenses, el aumento fue de 34,61%.

En el reporte de Codhez se reitera lo establecido en el artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que estipula la obligación del Estado para garantizar la seguridad alimentaria; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte de la población.

Ante este mandato de la carta magna, Codhez exhorta al Estado venezolano a emplear estrategias responsables y de manera inmediata en el país con el fin de socavar los índices de inseguridad y desnutrición en la población, con especial énfasis en las poblaciones más vulnerables, quienes ven con mayor dificultad la garantía de su derecho a una alimentación adecuada.

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