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Intt obliga a retirar luces LED a los vehículos en operativo especial

El organismo realiza un despliegue a nivel nacional para remover estos dispositivos. La Ley de Transporte Terrestre prohíbe el uso de luces que “induzcan al error en la conducción” en su artículo 355. La multa por esta infracción está estipulada en 10 unidades tributarias

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (Intt) inició un operativo en varios estados del país con el objetivo de retirar las luces LED de los vehículos que se encuentran en circulación por las calles de Venezuela.

A través de sus redes sociales, el Intt anunció el comienzo del operativo, en donde sus funcionarios se encuentran ubicados en las principales vías del país, realizando los decomisos correspondientes.

De acuerdo a la Ley de Tránsito Terrestre, en su artículo 355, “se prohíbe el uso de cualquier foco o luz que induzca a error en la conducción. Sólo los vehículos de emergencia, transporte de combustible y explosivos, grúas y escoltas de vehículos sobredimensionados o especiales podrán estar provistos de dispositivos, faros o giratorios de luces intermitentes o continuas”.

De igual forma, puede incumplir los apartados 1 y 4 del artículo 29 de la misma Ley, en el que se prohíbe ocultar la matrícula de los vehículos.

Sin embargo, las sanciones no aplican si las luces se encuentran ubicadas dentro de los faros delanteros del vehículo, mientras estos tampoco deslumbren en exceso a otros conductores.

Algunos usuarios han manifestado su rechazo a la medida, puesto que estas luminarias pueden ayudar a mejorar la visión durante las noches, en unas vías que muchas veces se encuentran deterioradas y son de máxima precaución.

El artículo 169 de la Ley de Transporte Terrestre, en su numeral 21, especifica que las estructuras automotores no pueden ser modificadas sin autorización, y el incumplimiento de esta norma tiene como sanción el pago de 10 unidades tributarias (UT), equivalentes a 90 bolívares.

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