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Conozca los procesos de visado de EE. UU. en tiempo de pandemia

La abogada Michell Canero, especialista en trámites migratorios, aclara las dudas más comunes respecto al estatus legal de los venezolanos varados en Estados Unidos

Debido a las inquietudes que tienen los venezolanos sobre los procesos migratorios en Estados Unidos, la abogada Michelle Canero da respuesta a las preguntas típicas de todo ciudadano que está dentro, fuera o que quiere ingresar a la nación norteamericana.

Ante la llegada de la pandemia de coronavirus y la estadía obligatoria por cierre de aeropuertos en otros países, la abogado explica que todo dependerá de la visa con la que entró el ciudadano a EE. UU.

Canero detalla que para quienes llegaron como turistas o por negocios con visa B1/B2 deberán revisar el tiempo de estadía que le emitieron en su I-94, un proceso que se puede verificar en https://i94.cbp.dhs.gov/I94/#/home.

"Para alargar su tiempo por máximo 180 días, tiene que someter una aplicación l-539 para que lo reciba USCIS antes que se le expire la estadía otorgada en su I-94. La I-539 se puede hacer en línea o correo postal", dice la profesional al referir que pueden chquea6edte paso en https://www.uscis.gov/es/formularios/i-539.

La abogada enfatiza que deben leer detalladamente todas las intrucciones porque "la mayoría son rechazados por errores básicos".

Cheques incompletos o con montos equivocados,  falta de firmas, renglones en blanco, poca evidencia requerida, envío a dirección equivocada y carencia de pruebas de razón por extensión, son algunos de los detalles que menciona Canero y que las autoridades estadounidenses no dejan pasar.

"El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) puede tardar mas de seis meses en dar respuesta a la solicitud de extensión; es importante salir del país o someter una segunda extensión antes de que pasen los 180 días de expiración de la I-94", recomienda.

En caso de estar en EE. UU. con Visa Waiver o ESTA el ciudadano podrá  pedir una extensión de 30 días si no puede regresar a su país. "Tiene que probar que no hay vuelos o que la frontera está cerrada (eso incluye el país de su pasaporte) aunque viva en otra nación", agrega.

Para solicitar este alargamiento de 30 dias tiene que llamar al centro de contacto de USCIS. Para mayor información visulece el portal: nstrucciones https://www.uscis.gov/es/noticias/alertas/retrasos-en-la-presentacion-de-extensioncambio-de-estatus-debido-al-covid-19

Es necesario la documentación exacta de este tipo de casos ya que al no presentarlos detalladamente "le niegan o rechazan la extensión, así sea por estar solo un día sin una I-94 válida en Estados Unidos se anula automáticamente su visa de turista en la cual entró bajo la ley 222G y no lo podrá usar de nuevo para viajar a los EE. UU.".

Procesos estudiantiles

Para estudiar en la nación norteamericana, Canero asegura que se puede solicitar un cambio de estatus a visa de estudiante con una aplicación I-539 acompañado con una I-20 emitida por la escuela en la cual ingresará. "La I-20 en si no da ningún estatus ni beneficio pero forma la base de la solicitud para visa de estudiante (visa F-1)", justifica.

"Si uno solicita un cambio de estatus a visa de estudiante, tiene que también extender su estadía actual hasta que se apruebe el cabo a F. Como estas aplicaciones tardan ocho meses o más para ser procesados, personas en estadía de turista tienen que hacer hasta dos extensiones de estadía en B1/B2 (uno cada 180 dias) además del cambio de estatus a F-1", agrega.

La especialista manifiesta que la visa de estudiante no será aprobada para materias que dan cursos online; "esto es importante porque si su programa no puede tener clases en persona (especialmente cursos de inglés) por el tema de Covid-19 tiene que cambiar de programa con una I-20 nueva o abandonar el cambio a visa de estudiante", refiere. Hay cierta flexibilidad para estudios universitarios que pueden tomar parte de sus classes online pero estudios de Inglés o técnicos no pueden tomar ni un solo curso online.

¿Podré entrar a EE. UU. después de estar tanto tiempo afuera por el Covid?

En cuanto a los residentes permanentes que salieron del país,  quedaron varados en otras naciones  y regresan a Estados Unidos con más de 180 días después de su última salida, asegura que lo más probable es que la personas tenga problemas.

"Si el titular de una tarjeta verde solicita la admisión a los EE. UU. después de estar fuera durante más de 180 días, nuevamente se lo considerará como un solicitante que pide la admisión al país", detalla.

Razón por la que aconseja estar preparados para demostrar que no pudo asegurar un vuelo de regreso desde el país, donde este varado, a EE. UU. con evidencia de cancelaciones de vuelos y cierres de fronteras por el paso de la pandemia. También debería tener pruebas de que no abandonaron su domicilio en EE.UU. "No firmen ningún documento con las agencia de inmigración sin consultar un abogado. Si firman una I-407 en el aeropuerto eso significa que aceptan abandonar su residencia".

Algunos países, como Italia, han extendido el confinamiento hasta fin de año, y son muchos los ciudadanos que están preocupados por la cantidad de días que llevan fuera de su nación. En el caso de EE. UU. la persona debe tener en cuenta que la tarjeta verde (Formulario I-551) no es técnicamente válida para volver a ingresar al país norteamericano una vez que pasen mas de 365 días continuos fuera de los EE.UU.

"Si ha pasado más de un año fuera de los EE. UU. desde su última salida y su razón para no regresar estuvo relacionada con Covid-19, debe solicitar una visa de residente que regresa (SB-1) en el Consulado del país", dice la abogada.

Otras de las preguntas comunes es qué ocurre si el Consulado de los Estados Unidos rechaza la Visa SB-1, o no reanudó las operaciones lo suficientemente pronto y la persona ha pasado más de un año en el extranjero desde su última salida.

Canero recomienda, en el caso que la tarjeta verde (Formulario I-551) no haya expirado, que es posible que el ciudadano pueda viajar directamente a los EE. UU.

"Deberá explicar en el puerto de entrada que nunca abandonó la residencia permanente. Deberá estar preparado para demostrar que su ausencia se debió a circunstancias fuera de su control (cierres de fronteras y cancelaciones de vuelos debido a Covid-19) y que mantuvo lazos con los EE. UU. durante su ausencia", ratifica. “Al entrar será referido a corte de deportación y debería contratar la representación de un abogado para defender que no abandonaron la residencia.”

"Si puedo regresar a los Estados Unidos ¿quedar atrapado fuera de los EE. UU. por más de un año afectará mi capacidad para calificar para la ciudadanía?”, es otra de las inquietudes más frecuentes que la abogada dio repuesta.

"Desafortunadamente, cualquier presencia física que se haya acumulado se borrará, y deberá esperar cuatro años y un día después de su regreso antes de poder presentar nuevamente el Formulario N-400, siempre que tenga la presencia física requerida como se discutió anteriormente, y también ha estado continuamente residiendo durante el período pertinente", dijo.

Errores comunes

Trabajar sin permiso, ingresar a los niños a estudiar en la escuela sin la visa adecuada, aplicar al asilo para ahorrar tiempo, asi como entrar al país con visa de turista para pedir asilo por residencia, son algunos de los errores que Canero considera que realizan los venezolanos y otros inmigrantes que los perjudican en el futuro.

También agrega las inconsistencias y errores en aplicaciones no bien revisadas y tramitar visas con asesores, paralegales y notarios

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