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Colegios no podrán condicionar pago de matrículas en divisas

La resolución indica que en ningún caso queda establecido la obligatoriedad del pago de matrícula en moneda distinta al Bolívar. Sin embargo, si el padre o representante prefiere hacerlo en moneda extranjera, la institución educativa debe basarse en lo publicado por la tasa oficial del BCV

El Ministerio de Educación y del Comercio firmaron esta semana la resolución 024 que regirá la metodología a seguir para la fijación de las nuevas matrículas en las instituciones y colegios privados del país, en el periodo escolar que inicia en septiembre.

La representante de la cartera de Comercio, Eneida Laya, adelantó en un mensaje en Twitter que supervisarán que estas instituciones "no condicionen a los padres y representantes a cancelar inscripción o matrícula en moneda extranjera".

La resolución indica que en ningún caso queda establecido la obligatoriedad del pago de matrícula en moneda distinta al Bolívar. Sin embargo, si el padre o representante prefiere hacerlo en moneda extranjera, la institución educativa debe basarse en lo publicado por la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (BCV), reseñó Unión Radio.

Detallaron que una vez estén estructurada las propuestas de cobro, basadas en la metodología de agrupación de costos, deberán elevarse en asamblea de padres y representantes mediante medios físicos o electrónicos y quienes, a su vez, tendrán cinco días hábiles para realizar sus observaciones.

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