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Cedice Libertad presentó el libro “El derecho humano a la propiedad”

Carlos Ayala Corao, autor del libro, abogado especialista en Derecho Público y en Derechos Humanos e individuo de número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela, señaló que incluso ahora la Corte Internacional de Derechos Humanos consagra la propiedad de los pueblos indígenas tomando en cuenta que esta se basa en las tradiciones de esas poblaciones y en esos casos, es deber del Estado demarcar ese territorio y respetarlo

La propiedad se consagra como un derecho humano reconocido internacionalmente en 1948 cuando se crea la Organización de Estados Americanos (OEA). Allí la propiedad privada se considera como un derecho humano igual que el derecho a la vida, a la libertad de expresión y al debido proceso”. Así lo señaló Carlos Ayala Corao, durante el acto de presentación de su libro “El derecho humano a la propiedad”, el pasado viernes 28 de abril.

Este libro, editado por Cedice Libertad, aborda la propiedad como un derecho constitucional, para avanzar hacia su conceptualización como derecho humano, mostrando cómo el concepto de propiedad ha evolucionado a partir de la Declaración de Derechos Humanos de 1948 y se ha consolidado como “un verdadero derecho humano incluso de rango convencional en los tres sistemas internacionales regionales existentes: el europeo, el interamericano y el africano”. La propiedad es, por tanto, un derecho humano reconocido internacionalmente que genera obligaciones en los Estados partes y demanda protección cuando se atenta contra él.

Carlos Ayala Corao es abogado especialista en Derecho Público y en Derechos Humanos e individuo de número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela. Profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos en la Universidad Católica Andrés Bello, la Universidad Central de Venezuela, la Universidad de Oxford (RU); Georgetown University; American University Washington of College of Law (EE. UU.), y la Universidad Iberoamericana (México).

Explica Ayala Corao que, si bien es cierto que la propiedad no es un derecho absoluto ni está exento de restricciones y limitaciones, también es necesario destacar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado que éste debe ser entendido dentro del contexto de “una sociedad democrática donde para la prevalencia del bien común y los derechos colectivos deben existir medidas proporcionales que garanticen los derechos individuales”.

Agregó, durante su presentación, que la Convención Americana establece una garantía esencial al derecho a la propiedad, al disponer que ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley.

En el acto organizado por Cedice, de forma virtual, estuvieron presentes –además del autor de la obra- Andrés Halvorssen, vicepresidente de la institución; Marcel Granier, miembro del Consejo Consultivo y Rocío Guijarro, gerente general.

Al destacar el amplio currículo del destacado jurista Ayala, Halvorssen señaló que para éste ejercer su profesión en el ámbito jurídico y de los derechos humanos debe ser como la experiencia de un médico infectólogo en los períodos pico de la pandemia, “sólo que ésta duró un poco más de dos años, mientras que los reiterados ataques gubernamentales de la más diversa índole al derecho humano a la propiedad, han durado más de 20 años”.

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