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TSJ confirma sentencia condenatoria en un caso de violencia sexual agravada

El Tribunal Supremo de Justicia desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación presentado por la defensa de Zeus Noé Chacón Marcano, condenado por el Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a cumplir la pena de 16 años y ocho meses de prisión, por la comisión del delito de violencia sexual agravada en perjuicio de una adolescente.

Así lo indica la decisión N° 132/2017 de la Sala de Casación Penal, con ponencia del magistrado-presidente, Maikel Moreno, que de esta manera ratifica el fallo dictado el 16 de marzo de 2016 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Nueva Esparta que declaró sin lugar la apelación presentada por la defensa del acusado y confirmó la sentencia condenatoria dictada por el mencionado juzgado de juicio neoespartano.

Entre otros aspectos, la Sala del TSJ constató que la defensa de Zeus Chacón Marcano impugna mediante el recurso de casación conjuntamente las decisiones dictadas por el juzgado de juicio y la Corte de Apelaciones, "lo que hace que dicho pedimento sea confuso, y además demuestra insuficiencia en la técnica recursiva, el recurrente no puede procurar por medio del recurso de casación le sean revisados los fallos que no le son favorables", aclara el Alto Tribunal.

El Máximo Juzgado del país precisó que se desestimó el recurso de casación planteado, de conformidad con lo establecido en los artículos 451, 454 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

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