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TSJ ratifica que la Asamblea Nacional "no tiene junta directiva válida"

La Sala Constitucional declaró que solo es competencia de Nicolás Maduro "la acción de gobierno, la administración de la hacienda pública y las relaciones internacionales" del país.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este lunes la inconstitucionalidad por omisión de la Asamblea Nacional (AN) por "no haber dictado las medidas indispensables" para garantizar el cumplimiento de la Constitución.

Mediante una sentencia, leída por el magistrado Juan José Mendoza, el Poder Judicial declaró que se anula la juramentación de la nueva directiva del Parlamento, y ratificó su desacato.

Señaló que todos los actos de la AN son nulos y cualquier órgano o individuo que vaya "en contra de lo aquí decidido será nula y carente de toda validez".

"Cualquier actuación de la AN será nula y carecerá de validez", dijo Mendoza. Resaltó que, en consecuencia, se anuló la Directiva desde el 2017 y la actual, presidida por Juan Guaidó, "está usurpando funciones".

"La AN no puede erigirse en Tribunal Supremo de Justicia para declarar una pretendida usurpación", resaltó.

El documento plantea, además, que los acuerdos aprobados por el Poder Legislativo el pasado 15 de enero, donde declara la usurpación de la presidencia por Nicolás Maduro, también son nulos y violan la Carta Magna.

"Esa declaratoria de usurpación es una ficción jurídica y también la falta absoluta a la que hacen referencia según el artículo 233 de la Constitución", expresó el magistrado.

Agregó que la "responsabilidad penal" por estas acciones será individual para cada diputado y ordenó a la Fiscalía iniciar las investigaciones correspondientes.

Sobre el acuerdo de la ayuda humanitaria para Venezuela, el TSJ dijo que también es nulo porque "viola el artículo 138 de la Constitución".

Por último, la Sala Constitucional declaró que solo es competencia de Nicolás Maduro "la acción de gobierno, la administración de la hacienda pública y las relaciones internacionales" del país.

El fallo fue remitido a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) y al Ministerio Público (MP).

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