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Récipes médicos deberán tener nombre de sustancia o principio activo [+Sentencia]

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en su sentencia 277, emitida el 26 de abril de 2016, ordenó que los récipes médicos deberán contener “el nombre de la sustancia o principio activo, la forma y dosis recomendada por el prescriptor”.

Asimismo, deberá referir “el nombre genérico del producto farmacéutico bajo el cual se expende el principio activo”.

En ese sentido, el TSJ solicita al Ministerio para la Salud tomar en los próximos días las medidas necesarias para que se cumple la decisión.

Para acceder a la sentencia completa emitida por el Poder Judicial, CLICK AQUÍ. 

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