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Próxima semana Ejecutivo debe promulgar Ley del BCV

La Asamblea Nacional remitió esta semana al Poder Ejecutivo, la Ley de reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela para su promulgación, por tanto esta debe ser publicada en Gaceta Oficial la próxima semana.

Según lo establece el artículo 214 de la Constitución Nacional:  "El Presidente o Presidenta de la República promulgará la ley dentro de los diez días siguientes a aquel en que la haya recibido".

El Presidente puede devolver la propuesta y solicitar a la Asamblea que modifique algunas disposiciones. Haga o no dichas modificaciones, el Parlamento le retornará al Ejecutivo la Ley y este debe promulgarla en los cinco días siguientes, reseña El Mundo Economía y Negocias.

De no ser así, la Asamblea ordenará su publicación en Gaceta Oficial.

 

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