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Propuesta Constituyente aniquila el voto directo

La Constituyente representa la única elección que el oficialismo puede ganar. La Constituyente busca transformar el sistema de elección venezolano de primer a segundo grado.

Quieren ganar tiempo. Enclavar a la sociedad nacional en un debate sobre qué es y cómo se convoca una Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Pero su intención es eliminar la elección directa y popular, opina el periodista especializado en cobertura electoral, Eugenio Martínez.

La fórmula a instaurar sería así: Comunidades escogen a consejos comunales. Estos, a comunas. Las comunas, a parlamentos regionales. Parlamentos regionales, a un gran parlamento nacional que elegiría al Presidente.

Se le llama sistema de elección en segundo grado porque es un órgano, que ha sido electo en primer grado, el que elige al Presidente. Tal cual como sucede cuando la Asamblea Legislativa designa a un funcionario.

Al mejor estilo de Cuba y la Unión Soviética.

Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, según el artículo 2 de su Constitución nacional. El poder originario y la soberanía, ambas intransferibles, residen en el pueblo. El artículo 5 del texto constitucional establece que esta soberanía la ejerce el pueblo “en la forma prevista en esta Constitución y en la ley”, y la forma prevista es con el voto libre, secreto y universal —artículo 63—. Voto en primer grado.

Una votación en primer grado se ejerce por medio del voto ciudadano. Así se eligen Alcaldes, Gobernadores y Presidentes. El Consejo Nacional Electoral, en su apartado Sistema de elección venezolano, plantea las transformaciones de ese sistema desde 1989, cuando se eligieron por primera vez Gobernadores —designados hasta ese fecha por el Presidente— y Alcaldes —sus funciones ejecutivas las asumía el Presidente del Concejo Municipal—. En ese momento se cambia además el sistema de elección de concejales. A estos primeros pasos le siguieron, a partir del 2000, más modificaciones, pero jamás contemplaron alterar el artículo 63, al implementar una elección en segundo grado.

Sin mayoría

Desde el 1 de mayo, cuando el presidente firmó el decreto 2.830 —que contiene la convocatoria a Constituyente—, el Consejo Nacional Electoral espera que se le entreguen las bases comiciales que expondrán cómo se elegirán los miembros de este cuerpo.

El politólogo Carlos Raúl Hernández lo tiene claro: pretenden hacer una Constituyente sin votos. “No se quieren enfrentar a una votación directa, por eso plantean en el punto 5 de la Constituyente ‘nuevas formas de democracia participativa’”.

Nicolás Maduro firmó el decreto a pesar de que él, como poder constituido, no tiene la potestad de convocar un instrumento como este: el poder originario reside en el pueblo —artículo 347—. Pero lo que el Presidente hizo lo justifica en el artículo 348. Malinterpretó —intencionalmente o no— convocatoria con iniciativa.

Luis E. Rondón, rector principal del Consejo Nacional Electoral y presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento, expresó por medio de su cuenta en Twitter que la “facultad del Presidente para convocar a ANC no puede desatender los principios básicos del voto, como la universalidad”. Sin embargo, así lo hizo.

La ANC estaría conformada por 500 miembros. Mitad electa por voto directo modificado por sistema de territorialización y la otra elegida por “la clase obrera”. Las bases comiciales aún no están claras, y la espera el Consejo Nacional Electoral. “Estas serán revisadas por el órgano electoral, como ocurrió en 1999, cuando Chávez intentó una acción igual”.

Para Eugenio Martínez, el oficialismo plantea un híbrido en el que la mitad de constituyentes sea electa por circuitos municipales o territoriales y la mitad restante, postulada por sectores sociales. Mayoría inminentemente chavista. Pero el “problema de entrada es que no han explicado de dónde saldrán los constituyentes”.

La manipulación de las bases de postulación y elección con el propósito de garantizarse el control completo de esa ANC es lo que busca el madurismo, arguye Martínez. De manera que el pueblo perdería su soberanía al desdibujarse su derecho de voto ciudadano.

Si los círculos oficiales desean modificar algunos aspectos de la Carta Magna ideada por el expresidente Hugo Chávez en 1999, podrían hacer una enmienda o una reforma, tal y como lo exponen el Título IX en sus apartados sobre las enmiendas —capítulo I—, reforma constitucional —capítulo II— y de la Asamblea Nacional Constituyente —capítulo III—.

Solo el 15 % de la población participa en consejos comunales y el 10 % en comunas. El gobierno de Maduro, por medio del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, reconoce, al menos, a 45.388 consejos comunales y 1.418 comunas. Casi todas afectas a la revolución.

Ese 15 % no representa a la mayoría de una nación que tiene 19 millones 260 mil 775 votantes. Sería ese 15 % el que elegiría, en segundo grado, al Presidente. En este punto, Martínez no duda en afirmar que la propuesta de la ANC evita la convocatoria a elecciones regionales y locales este año y las presidenciales en 2018.

El punto número cinco del decreto 2.830 expresa la constitucionalización de las “nuevas formas de democracia participativa y protagónica”. Para Carlos Raúl Hernández, esto tiene nombre y apellido: Estado socialista y comunal.

En esta transición se transformaría el sistema de elección nacional. Se eliminarían las figuras de poder intermedio —como concejos municipales, Alcaldes, Asambleas Legislativas de estado y Gobernadores—. Y los estados, probablemente, pasarían a ser comunas, alterando así la división político-territorial actual.

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