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Decreto de Emergencia Económica sin control

El Decreto 2.184 de Emergencia Económica está vigente, según lo dictaminó la Sala Constitucional del TSJ. Pero su articulado se antoja como un cheque en blanco, de líneas difusas y sin auditor. El Presidente marchará sin fronteras ni fiscalización de poderes en su cruzada por vencer al monstruo de la crisis.

El dignatario Nicolás Maduro pretende mitigar los efectos de “la inflación sabotaje” sobre bienes y servicios, como la describió en su propuesta de acción publicada el 14 de enero en la Gaceta Oficial 6.214 y rechazada ocho días luego por el Parlamento.

Su decreto estará vigente por un lapso de 60 días y puede prorrogarse por el mismo período cuando culmine, establece la Constitución nacional. Maduro podrá ahora, con la venia del TSJ y gracias a una medida que anuló de facto a la AN del juego económico, tomar medidas extraordinarias para rescatar a Venezuela del pantano de la crisis.

“El Ejecutivo intenta abrir una vía de escape para evadir el marco legal que rige la actividad económica y evitar el análisis de créditos adicionales y contratos que deben ser aprobados por la AN, la cual ahora está controlada por la oposición”, estimó el economista Víctor Álvarez en su texto Peor el remedio que la enfermedad.

Arbitrarios
Los expertos no son optimistas sobre si los efectos del decreto serán sobresalientes. La economista Anabella Abadi y el abogado Carlos García Soto colaboraron en un estudio en el que anticipan mayor arbitrariedad en la administración del presupuesto nacional por parte de Maduro.

En sus conclusiones subrayaron que los dos primeros artículos del decreto prevén dar plena libertad presupuestaria al Gobierno. “La falta de control presupuestario se ha traducido en un creciente y desordenado gasto público que ha generado presiones inflacionarias. En medio de una importante recesión económica, más que brindar mayor discrecionalidad fiscal, se deben garantizar mecanismos de control y seguimiento del Fisco nacional”, redactaron.

Tanto Abadi como García Soto advirtieron que el decreto no garantiza las condiciones adecuadas para incrementar la producción, mientras prevé mayor control sobre la distribución de bienes.

Uno de los aspectos que más les preocupa es la restricción al ingreso o egreso de moneda venezolana en efectivo y a las operaciones financieras. “Mientras que algunos pudieran interpretarlo como un “corralito”, otra interpretación lo puede relacionar con la entrada y salida de bolívares por la frontera, o con la insuficiencia de billetes de alta denominación en circulación”.

Sin ataduras
José Ignacio Hernández, abogado, remarcó en su texto ¿Qué dice el decreto de emergencia económica? la ambigüedad del decreto. “Es bastante confuso, pues no enuncia cuáles son las garantías constitucionales que han quedado restringidas y tampoco enumera las regulaciones adoptadas en materia económica”.

Subrayó que el decreto no contiene medida específica alguna, sino que enumera una serie de decisiones que podrá tomar el Ejecutivo. “El efecto práctico del Decreto es habilitar al Gobierno para regular la economía por un lapso inicial de 60 días, sin tener que subordinarse a las leyes vigentes, y en especial, a las leyes que dicte la Asamblea”.

Los economistas consideran que las medidas extraordinarias se tomarán, a fin de cuentas, en un pasillo legal sin mayores fronteras, donde el Presidente aspira a esquivar supervisión alguna. Su único vigía y guardaespaldas en su empeño financiero sería el Tribunal Supremo de Justicia.

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