El diario plural del Zulia

Conatel insta a medios de comunicación a cumplir con difusión de mensajes oficiales

Los medios que incumplan con ese deber, serán sancionados con una multa de hasta el 4% de los ingresos brutos de sus ingresos

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) hizo un llamado a todos los prestadores de servicio de radio, televisión y difusión por suscripción que operan en el país, a cumplir con la difusión de mensajes y demás alocuciones oficiales según lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, garantizando así que los venezolanos tengan conocimiento oportuno de comunicaciones oficiales del Estado.

A través de un comunicado oficial, Conatel explicó que la difusión de estos mensajes son de orden público, "constituyendo así un deber del Estado, garantizar al pueblo venezolano, la existencia de las condiciones para desarrollar sus actividades dentro de un ambiente de seguridad, paz y confianza (...) como lo ampara la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela".

Asimismo, el órgano regulador de contenidos enfatizó que los medios que incumplan con ese deber, serán sancionados con una multa de hasta el 4% de los ingresos brutos de sus ingresos, "conforme a lo dispuesto en el artículo 28, numeral 4, literal "l" de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos".

A continuación el texto íntegro:

"La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) en el ejercicio de las potestades de regulación y control de la actividad de telecomunicaciones en Venezuela, hace público el presente llamado a todos los prestadores de servicio de radio, televisión y difusión por suscripción que operan en el territorio nacional para que den cumplimiento, con carácter obligatorio, a las previsiones del artículo 10 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, en aras de garantizar a la ciudadanía el acceso oportuno a los mensajes o alocuciones oficiales del Estado.

CONATEL ha venido observando a través de la monitorización a los diferentes prestadores de servicio de radiodifusión sonora a nivel nacional, el incumplimiento al contenido del mencionado artículo 10; frente a ello, se les reitera las consecuencias derivadas del incumplimiento de dicha obligación legal que, conforme a lo dispuesto en el artículo 28, numeral 4, literal "l" de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, será sancionado con multa de hasta el 4% de los ingresos brutos de aquel al que se le compruebe su incumplimiento.

Conforme a ello, la materia regulada por la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos es de orden público, constituyendo así un deber del Estado, garantizar al pueblo venezolano, la existencia de las condiciones para desarrollar sus actividades dentro de un ambiente de seguridad, paz y confianza, en el que impere el orden y los valores fundamentales de un estado social, de derecho y de justicia como lo ampara la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por tanto, esta Comisión Nacional de Telecomunicaciones, les exhorta a los servicios de radio, televisión y difusión por suscripción, a cumplir con su obligación de difundir los mensajes y alocuciones oficiales en los términos señalados en el artículo 10 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, advirtiendo que la reiteración en su inobservancia, será sancionada conforme a las previsiones contenidas en el Capítulo VII de la mencionada Ley".

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