El diario plural del Zulia

Toque de Diana a la Corte Penal Internacional, por Noel Álvarez

La comunidad internacional consciente de la existencia de delitos que afectan a la humanidad en su conjunto, desarrolló el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional con el objeto de consagrar allí los crímenes contra la especie humana. Esta dignidad incluye la libertad personal física y espiritual, el derecho a profesar cualquier religión y practicar su culto y expresar libremente sus pensamientos. La integridad física implica el derecho a los bienes esenciales, a la vida sana y noble en los ámbitos social y político.

Un crimen de lesa humanidad es aquel que ofende los principios generales del derecho y tiene repercusiones más allá de las fronteras nacionales, llegando a exceder por su magnitud y salvajismo cualquier límite tolerado por la sociedad. La comunidad internacional ha hecho pública su preocupación sobre la atrocidad de estas conductas, cometidas tanto en tiempos de paz como de guerra, por tal razón, ha escalado desde los estatutos de Núremberg, Tokio y la Ley 10 del Consejo de Control, en la Segunda Guerra Mundial, pasando por los de Yugoslavia y Ruanda, hasta llegar a decantarse con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

El término “crímenes de lesa humanidad” fue usado por primera vez en la declaración del 28 de mayo de 1915 de los gobiernos de Francia, Gran Bretaña y Rusia, en la que denunciaron la masacre a los armenios por parte del imperio Otomano por la que todos los miembros del Gobierno turco fueron hallados responsables incluyendo a sus subalternos implicados en esta masacre. Las expresiones “humanidad”, “leyes de humanidad” y “dictados de la humanidad” fueron usadas originalmente, en el preámbulo de la Convención IV de La Haya, del 18 de octubre de 1907, respecto a las leyes y costumbres de la guerra terrestre. Los procesos de Núremberg han sido considerados el punto de partida para la posterior aplicación del concepto de justicia universal en la persecución de los delitos tipificados como crímenes de guerra, genocidio, guerra de agresión y crímenes contra la Humanidad.

Los primeros en ser juzgados por esta corte fueron los comandantes militares Rudolf Hess, Joachim von Ribbentrop, Wilhelm Keitel, Karl Doenitz, Erich Raeder, Baldur von Schirach y Fritz Sauckel, entre otros. Hermann Goering, Mariscal y sucesor in pectore de Hitler, fue hecho prisionero por el ejército americano y juzgado por el Tribunal de Núremberg, que lo condenó a muerte; se suicidó la noche antes de ejecutarse la sentencia. Rudolf Hess, mano derecha de Adolf Hitler, se quitó la vida a los 93 años, ahorcándose con un cable eléctrico. Joachim von Ribbentrop fue condenado a muerte y ejecutado.

Wilhelm Keitel alegó que solo cumplía órdenes y pidió ser fusilado como correspondía a su rango militar; esta petición fue denegada y murió en la horca. Karl Dönitz fue juzgado y condenado a 10 años de prisión, por crímenes de guerra y contra la paz. Erich Raeder, culpable del cargo de crímenes contra la paz fue condenado a cadena perpetua. Baldur von Schirach fue condenado a 20 años de prisión. Ernst Friedrich Christoph “Fritz” Sauckel, fue uno de los 12 condenados a muerte durante los juicios.

No sé porque siento que estos juicios que he reseñado son solo una parte de la historia; falta mucho por ver, ya que, en diversos países del mundo, incluyendo a Venezuela, se siguen cometiendo hechos abominables contra la humanidad y en mi opinión, hay muchos actores, civiles y militares, que por acción o por omisión, son candidatos seguros a sentarse en el temido banquillo de la Corte Penal Internacional.

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