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Restituyen competencias a la Alcaldía de Maracaibo en materia de aseo urbano

Tales competencias dadas cautelarmente a la Gobernación, se devuelven al municipio Maracaibo, previa petición hecha por tanto por el alcalde Willy Casanova como por el propio gobernador del estado Zulia, Omar Prieto

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), levantó la medida cautelar acordada mediante la sentencia N° 538 del 12 de julio de 2017, restituyendo las competencias al municipio Maracaibo del estado Zulia, para el ejercicio de la prestación en forma directa de los servicios de aseo urbano y domiciliario y del Cuerpo de Bomberos en el referido municipio.

Así lo indica la decisión N° 377, donde se señala que en el estado, visto que las circunstancias que dieron lugar al decreto de la medida cautelar dictada han variado, se levantó la decisión tomada por el máximo órgano judicial del país.

En consecuencia, tales competencias dadas cautelarmente a la Gobernación, se devuelven al municipio Maracaibo, previa petición hecha por tanto por el alcalde Willy Casanova como por el propio gobernador del estado Zulia, Omar Prieto.

 

Con información de nota de prensa.
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