El diario plural del Zulia

FAPUV se declara en conflicto contra confiscación salarial a través del ISLR

“En esta situación de pérdida continuada de nuestro patrimonio familiar, producto de la disminución del salario real (el cual, en promedio, hoy no cubre ni un cuarto de la canasta básica calculada por el CENDAS), resulta escandaloso que el gobierno nacional, a través del SENIAT, pretenda cobrarnos impuestos por montos que representan entre dos y tres meses de salario”, así lo advirtió este jueves 3 de marzo, la profesora Lourdes Ramírez de Viloria, en rueda de prensa.

“No estamos en capacidad de pagar. Los bajos salarios, la especulación, la inflación y el IVA no nos lo permiten. No puede ser que se pretenda que los asalariados, con los escasos recursos con que contamos para el sustento familiar, paguemos la tronera fiscal producto de la corrupción, de la mala política económica gubernamental y del despilfarro de los recursos de la Nación”.

Explicó Ramírez de Viloria que el Artículo 107 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOTTT) establece que cuando el patrono o el personal estén obligados a cancelar una contribución, tasa o impuesto, ésta se calculará considerando el salario normal. Sin embargo, luego de la reforma de la Ley de ISLR en 2014 por parte del Presidente Maduro (Art. 31), se pretende pechar bonos vacacionales, aguinaldos, adelanto de prestaciones y demás conquistas de los trabajadores,distintas al salario normal, lo que constituye una grave violación a la progresividad de derechos laborales y un mecanismo inaceptable de confiscación del salario.

Igualmente, refirió que el Artículo 31 señala que “Se considera como enriquecimiento neto toda contraprestación o utilidad, regular o accidental, derivada de la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, independientemente de su carácter salarial, distintas de viáticos y bono de alimentación”.

“En el espíritu original de la Ley de ISLR, dicho tributo corresponde solamente a personas jurídicas que hayan producido beneficios o ganancias en el año, y a altos cargos con remuneraciones realmente muy elevadas. Por la vía de la asignación de valores artificialmente bajos a la Unidad Tributaria, el gobierno ha convertido una obligación tributaria concebida para la redistribución de la riqueza, en una confiscación del salario orientada al empobrecimiento de los asalariados” , dijo.

Ante esta situación -agregó- desde FAPUV solicitamos y proponemos:

“Respetar el Estado Constitucional de Derecho, toda vez que el artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta representa un quebrantamiento del principio de jerarquía constitucional.

Considerar como base imponible de los trabajadores en general y de los docentes en particular el “Salario Normal”, de acuerdo con los resuelto en la sentencia N° 301 del 27-02-2.007 emanada de la Sala Constitucional del TSJ, y con lo establecido en la LOTTT en su artículo 104.

En función del impacto negativo sobre el patrimonio de los trabajadores universitarios en general y de los docentes en particular, del pago de este tributo a todas luces de carácter regresivo, es menester que de forma inmediata se proceda a revisar y corregir la manera como se ha aplicado la retención del impuesto en nuestras universidades, dado que el salario integral, considera rubros como las primas por hogar, por hijos y lo correspondiente a caja de ahorro,consideradas éstas como aportes laborales que no deberían pagar impuesto de acuerdo con el mismo marco legal vigente. Así mismo, es de recalcar que en lo que respecta al salario básico, el mismo estaría doblemente considerado en el cálculo definitivo de dicho impuesto.

Exonerar del pago del impuesto sobre la renta a todos los trabajadores del país que ganen menos que la Canasta Básica, a través de la aplicación del Artículo 197 de la modificación de 2014, el cual le da potestad al Presidente de la República a decretar la exoneración de impuesto”, concluyó.

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