El diario plural del Zulia

Arias: "No estoy obligado a comparecer ante la AN, sería validar algo inconstitucional"

 

El Gobernador del Estado Zulia Francisco Arias Cárdenas, respondió a la solicitud de comparecencia ante la Asamblea Nacional interpuesta por el presidente de la comisión de controlaría del parlamento, Freddy Guevara, calificando ese llamado como inconstitucional debido a que desconoce las atribuciones de organismos regionales y nacionales, además de ser violatorio de preceptos constitucionales establecidos, razón por la cual, " no estoy obligado a comparecer, porque sería convalidar un acto inconstitucional de la AN" dijo enfáticamente el primer mandatario zuliano.

Arias Cárdenas mencionó en un oficio enviado a la Comisión de Controlaría de la Asamblea Nacional, el artículo 187 de la Constitución  y la sentencia del  Máximo Tribunal de la República en la Sala Constitucional el pasado 1 de marzo del 2016,  con ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales,  que establece que el control político proveniente del ámbito regional  lo ejercen los Consejos Legislativos de cada Estado.

El comunicado enviado por el despacho del Palacio de los Cóndores dice: "El control político proveniente del ámbito legislativo en lo regional, corresponde a los órganos deliberantes de los estados, en relación a las ramas ejecutivas en  dichos entes, es decir, en cuanto al nivel estadal, el control lo ejercen los consejos legislativos,  de acuerdo con lo establecido en el artículo 162. 3 de la Carta Magna y lo reafirma la Constitución del Estado Zulia en su artículo 47 numeral 8“

“Queda claro entonces que corresponde a la Asamblea Nacional, ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, y que esta de comparecencia, no tiene sustento legal",  dijo el Gobernador Zuliano quien recordó que tal como lo establecen las leyes acude todos los años a presentar la memoria y cuenta de su gestión ante el Consejo Legislativo del Estado Zulia.

Artículo 162. “El Poder Legislativo se ejercerá en cada Estado por un Consejo Legislativo conformado por un número no mayor de quince ni menor de siete integrantes, quienes proporcionalmente representarán a la población del Estado y a los Municipios. El Consejo Legislativo tendrá las atribuciones siguientes: legislar sobre las materias de la competencia estadal, sancionar la Ley de Presupuesto del Estado, las demás que le atribuya esta Constitución y la ley.”

El comunicado enviado por el Gobernador del Zulia, también refiere:

“Si  acudiera a  la comisión permanente de Controlaría de la AN estaría usurpando  funciones de otra autoridad, desconociendo las funciones propias de los órganos regionales y convalidando un acto inconstitucional de la Asamblea Nacional y de la comisión Permanente de Contraloría, violatorio de los preceptos consagrados en los artículos 137 y 138 de la Constitución Nacional que expresamente definen las atribuciones de los órganos que ejercen el poder púbico, a las cuales, deben sujetarse las actividades que realicen, así como las consecuencias a que se contrae usurpar funciones de otra autoridad, ya que desaplica por control difuso de la constitucionalidad de los artículos 3, 11, 12 y 21 al 26 de la ley sobre el régimen para la comparecencia de funcionarios y funcionarias públicos, o los y las particulares ante la Asamblea Nacional o sus comisiones, en lo que respecta a funcionarios ajenos al Ejecutivo Nacional y del artículo 113 del reglamento interior y de debates de la Asamblea Nacional”.

Finalmente, el gobernador manifestó su total disposición de acudir al órgano pertinente para el caso, el Consejo Legislativo del Estado Zulia, en caso que soliciten una vez más, la rendición de cuentas de su gestión.

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